Constitucionalidad de la incompatibilidad de parentesco en la carrera judicial

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dc.contributor.advisor Villarreal Balbin, Vladymir
dc.contributor.author Pizango Ruiz, Jackson Brando
dc.contributor.author Isern Araujo, Eduardo
dc.date.accessioned 2021-08-11T16:15:55Z
dc.date.available 2021-08-11T16:15:55Z
dc.date.issued 2021-04-29
dc.identifier.uri http://repositorio.ucp.edu.pe/handle/UCP/1360
dc.description.abstract El presente trabajo parte del Título “Constitucionalidad de la Incompatibilidad de Parentesco en la Carrera Judicial” Correspondiente a la sentencia del Tribunal Constitucional cuyo Expediente de análisis es el N° 0020-2014-PI/TC, donde el Colegio de Abogados de Puno interpuso demanda de incompatibilidad contra el Art. 2 inc. 3. de la Ley 29277, de la carrera Judicial y establece la “incompatibilidad por razón de parentesco hasta cuarto grado de consanguinidad y segundo por afinidad, por matrimonio y unión de hecho. La disposición cuestionada regula la figura de Nepotismo, que constituye una práctica inadecuada entre el personal administrativo y entre estos, y el personal jurisdiccional. Para el demandante, carece de razonabilidad declarar la incompatibilidad por razón de parentesco entre el personal administrativo y el personal jurisdiccional de un mismo distrito judicial ya que ninguno de ellos se desempeña como funcionario de dirección o personal de confianza. El representante del Congreso de la Republica (demandado) buscar impedir actos ilícitos por la referida incompatibilidad de parentesco, sostiene así, que el tipo penal de “patrocinio ilegal” art. 385° del código penal , “puede realizarse con mayor incidencia cuando hay parientes que gestionen intereses particulares, de igual manera con el Cohecho pasivo y tráfico de influencias . El T.C. debe determinar si el inc. 3 del Art.42 de la Ley 29277, de la carrera Judicial, contraviene la libertad de trabajo (art. 2.15 de la constitución) y se centrara en la interpretativa, la que el demandante considera constitucional. El Tribunal considera también, que medidas como la cuestionada, que pretenden favorecer la lucha contra el Nepotismo. Se aprecia que los, conflictos de intereses por Nepotismo pueden generarse en diversos espacios. Más aun, deben tomarse en cuenta que, si una normativa como la ahora cuestionada, se estaría permitiendo que esos familiares puedan trabajar en la misma sede o local. es_ES
dc.description.uri Trabajo de suficiencia profesional es_ES
dc.format application/pdf es_ES
dc.language.iso spa es_ES
dc.publisher Universidad Científica del Perú es_ES
dc.rights info:eu-repo/semantics/openAccess es_ES
dc.rights.uri http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/us/ *
dc.subject Ponderación es_ES
dc.subject Razonabilidad es_ES
dc.subject Nepotismo es_ES
dc.subject Jurisprudencia y Parentesco es_ES
dc.title Constitucionalidad de la incompatibilidad de parentesco en la carrera judicial es_ES
dc.type info:eu-repo/semantics/bachelorThesis es_ES
thesis.degree.name Abogado es_ES
thesis.degree.grantor Universidad Científica del Perú. Facultad de Derecho y Ciencias Políticas es_ES
thesis.degree.level Titulo Profesional es_ES
thesis.degree.discipline Derecho es_ES
dc.subject.ocde https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 es_ES
dc.publisher.country PE es_ES
renati.type https://purl.org/pe-repo/renati/type#trabajoDeSuficienciaProfesional es_ES
renati.level http://purl.org/pe-repo/renati/level#tituloProfesional es_ES
renati.discipline 421018 es_ES


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