Resumen:
La presente investigación tiene como objetivo: demostrar respecto a las
facultades que posee el Fiscal Superior en el ámbito de sus funciones que
la norma procesal penal ha omitido una función muy importante que
genera limitaciones en el cumplimiento de su función, facultad que
expresamente le ha sido asignada al Juez de investigación preparatoria,
pese a no constituir parte de sus funciones, disponer la ampliación
suplementaria de la investigación fiscal, empero a diferencia de otras tesis
que hemos encontrado como antecedentes, en la presente no nos
oponemos a las funciones asignadas al Juez de investigación preparatoria,
creemos que en la etapa intermedia el juez puede advertir la omisión de
actos de investigación por parte del fiscal y de manera excepcional
disponer una ampliación suplementaria donde no reemplaza al fiscal
simplemente ordena la actuación de actos que pueden ser trascendentes
para su pronunciamiento, respecto al planteamiento de requerimiento de
sobreseimiento por parte del Fiscal Provincial, en este punto estamos
convencidos que dicha función- que fortalece la investigación- también
debe otorgarse al Fiscal Superior que al igual que el Juez de Investigación
Preparatoria va a pronunciarse en su caso en instancia de apelación y para
su pronunciamiento que va a confirmar o rectificar el requerimiento de
sobreseimiento formulado por el fiscal provincial, requiere tener estas
facultades que además recaen bajo el principio de unidad de función fiscal
y que va a permitir ante el requerimiento de sobreseimiento del Fiscal
Provincial, especialmente en el caso de discrepancia y rectificación del
requerimiento, ordenar una acusación con mayores elementos de
convicción y mayor cimentación en su formulación, lo que facilitará al
mismo tiempo la labor y función del nuevo fiscal provincial convocado a
formular acusación, quien contará con mayores argumentos para su
requerimiento acusatorio, máxime teniendo en cuenta que sin una
acusación sólida no es posible lograr una sentencia condenatoria justa.