Resumen:
El presente trabajo de investigación parte del análisis jurídico al
Acuerdo Plenario N° 06-2019-/CIJ-116, pronunciado por los jueces
supremos en lo penal, integrantes de las salas penales Permanente y
Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República en el XI Pleno
Jurisdiccional realizado el diez de setiembre de dos mil diecinueve, sobre
problemas concursales entre los delitos de trata de personas y delitos de
explotación sexual.
Este trabajo tiene como principal objetivo establecer los requisitos para
que exista concurso real en la comisión de los delitos de trata de personas
y de explotación sexual. Material y métodos: se empleó una ficha de
análisis de documentos, teniendo como muestra el Acuerdo Plenario N° 06-
2019-/CIJ-116, utilizando el Método Descriptivo, cuyo diseño es no
experimental. Se tiene como resultado que los jueces supremos en lo penal
reunidos en el XI Pleno Jurisdiccional han pronunciado el Acuerdo Plenario
N° 06-2019/CIJ-116 en el cual han establecido como doctrina legal, entre
otros, que entre el delito de trata y los delitos de explotación sexual se
configuraría un supuesto de concurso real heterogéneo. En conclusión, del
análisis realizado en el presente trabajo se tiene que a través del Acuerdo
Plenario N°06-2019/CIJ-116 se establece la existencia de un supuesto de
concurso real heterogéneo, asimismo se hace la aclaración respecto a los
supuestos tipificados en el código penal en los que se establece agravantes
en los delitos de explotación sexual cuando deriven de un hecho de trata no
existiendo en estos casos concurso de delitos.