La presente investigación partió del problema ¿El exigir una determinada vestimenta
para ingresar a una institución pública se encuentra amparado por ley? Y el objetivo fue:
Explicar si el exigir una determinada vestimenta para ingresar a una institución pública se
encuentra amparado por ley. La técnica que se empleó fue la encuesta y el
instrumento fue el cuestionario. La población estuvo conformada por los ciudadanos
de la Provincia de Maynas. El diseño que se empleo fue no experimental de tipo
transaccional correlacional. Para el análisis estadístico se usó la estadística
descriptiva, para el estudio de las variables en forma independiente y para
demostración de las hipótesis se usó la prueba paramétrica chi cuadrado (x2). Los
resultados indicaron que: En el derecho interno nacional, no existe normativa que
indique que prendas de vestir se debe utilizar para ingresar a una entidad pública estatal y
que con ese accionar se vulnera el derecho a que nadie debe ser discriminado por razón
de vestimenta protegido en el numeral 2 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú
The present investigation started from the problem: Is requiring a certain clothing to
enter a public institution protected by law? And the objective was: To explain if
demanding a certain clothing to enter a public institution is protected by law. The
technique used was the survey and the instrument was the questionnaire. The
population was made up of the citizens of the Province of Maynas. The design that
was used was non-experimental of the transactional-correlational type. For the
statistical analysis, descriptive statistics were used, for the study of the variables
independently and to demonstrate the hypotheses, the parametric chi-square test
(x2) was used. The results indicated that: In national domestic law, there is no
regulation that indicates what clothing must be used to enter a state public entity
and that with this action the right that no one should be discriminated against due to
protected clothing is violated. in numeral 2 of article 2 of the Political Constitution of
Peru.