Mercado Arbieto, Wilbert AristoOcampo Valdez, Sergio AlessandroPilco Cahuachi, Addison Sam2022-03-032022-03-032021-10-14http://hdl.handle.net/20.500.14503/1704El presente análisis jurídico, trata sobre un caso resuelto por los integrantes del Tribunal Constitucional a razón del recurso de agravio constitucional interpuesto por Gorki Antonio Ortiz Gómez y otros contra la sentencia expedida por la Primera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Huaura que declaro improcedente la demanda de cumplimiento, que tenía como pretensión se de cumplimiento de la Resolución 0345-2011-CU-CR-UNJFSC que reconoce a favor de los trabajadores la deuda por concepto de devengados en aplicación del articulo 1 del DU N° 037 – 94, En el presente se expone el desarrollo doctrinario del proceso y como mediante este se da cumplimiento y se ejecuta el pago de la bonificación del D.U N° 037 – 94, teniendo como base de análisis la STC N° 1494 – 2018 -PC/TC emitida el pasado 19 de julio de 2019, en donde además de analizar los requisitos para lograr la eficacia del mandato a cumplirse, se advierte también que existe un par de precedente vinculantes que actúan como jurisprudencia de obligatorio cumplimiento con el cual se ha venido precisando la forma y modo establecido para su aplicación conforme los criterios del Tribunal Constitucional, asimismo se expone brevemente el origen del D.U N° 037 – 94, asimismo una explicación sucinta de otras vías procedimentales ordinarias para la ejecución del pago de la bonificación del D.U N° 037 – 94, precisándose que proceso constitucional de cumplimiento es la vía idónea y adecuada para ejecutar el mandato. El Objetivo de la referida sentencia mencionada líneas arriba, es resolver la controversia en sede constitucional, para determinar si los Órganos de menor jerarquía resolvieron conforme a Derecho. Material y Método, se utilizó el análisis de documentos, desglosando una muestra consistente, a través del método descriptivo, y el diseño no experimental ex post facto. Resultado de acuerdo se ha declarado FUNDADA la demanda (…) y en consecuencia ordenar a la Universidad José Faustino Sánchez Carrión de Huacho (…) de cumplimiento en sus propios términos al mandato dispuesto en la Resolución 0345-2011-CU-CR-UNJFSC. Conclusión, se determinó que el cumplimiento y la ejecución del mandato a razón de lo expuesto en la sentencia, no esta sujeto a controversia compleja ni a interpretaciones dispares, precisa que los demandantes se encuentran claramente individualizados como beneficiarios del mandato y están comprendidos en el ámbito de aplicación del DU N° 037 – 94, y finalmente señalo que justificar el incumplimiento del mandato únicamente condicionado a la disponibilidad presupuestaria no es argumento válidoapplication/pdfspainfo:eu-repo/semantics/openAccesshttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/us/Garantías constitucionalesProceso de cumplimientoD.U N° 037 – 94Proceso constitucionalTribunal constitucionalProceso contencioso administrativoDerecho constitucionalDerecho procesal constitucionalSentencia del Tribunal Constitucional N° 1494 – 2018-PC/TC” El proceso de cumplimiento como mecanismo para ejecutar el pago de la bonificación del D.U N° 037 – 94info:eu-repo/semantics/bachelorThesishttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01