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Browsing by Author "Lopez Macedo, Thamer"

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    Derecho al libre desarrollo de la personalidad en las fuerzas armadas sentencia 277/2023 (EXP. N 01844-2021-PA/TC)
    (Universidad Científica del Perú, 2024-11-27) Garcia Cespedes, Rai Steven; Ramos Ávila, Percy Nazario; Lopez Macedo, Thamer
    El presente trabajo en la sentencia 277/2023 EXP. N°. 01844-2021-PA/TC LIMA, Norka Valery Almonte Torres, la accionante interpone demanda de amparo, por vulneración de los derechos al libre desarrollo de la personalidad, a la debida motivación de las resoluciones administrativas y a la intimidad, en contra la Comandancia General del Ejército. En la estructura del trabajo, el Noveno Juzgado Constitucional de Lima, mediante Resolución N° 5, de fecha 04 de noviembre de 2019, declara en parte la demanda, ordenando la reincorporación de la accionante al servicio activo en el Ejercito del Perú en el grado de capitán. La Segunda Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima, mediante Resolución 9, de fecha 18 de febrero de 2021, revoca la apelada y declara improcedente la demanda por estimar que la sanción disciplinaria militar debe cuestionarse a través del proceso contencioso-administrativo. El Tribunal Constitucional mediante sentencia de fecha 27 de abril de 2023, declara fundada en parte la demanda de amparo, por haberse acreditado la vulneración de los derechos al libre desarrollo de la personalidad, a la debida motivación de las resoluciones administrativas y a la intimidad, y nula la Resolución de la Comandancia General del Ejército 0521 CGE/DACOCOM, de fecha 31 de mayo de 2018.
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    La incapacidad moral permanente como causal de vacancia presidencial” sentencia del tribunal constitucional recaida en el exp. 00006-2003/AI/TC
    (Universidad Científica del Perú, 2023-10-17) Palacios Rosado, Jorge William; Lopez Macedo, Thamer
    Se analiza la sentencia sobre inconstitucionalidad emitida por el Tribunal Constitucional en el Expediente Nº 00006-2003/AI/TC, presentada por 65 congresistas de la República contra el Congreso de la República a fin de que se declare inconstitucional el inciso j) del artículo 89º del Reglamento del Congreso de la República bajo el argumento de que la norma referida implica una contravención a los artículos 99º y 100º de la Constitución Política del Perú. La parte demandada contesta señalando que el procedimiento constitucional no es la vía idónea para cuestionar la validez de la norma en mención en tanto que es el propio Congreso quien tiene la potestad de establecer la votación necesaria en su propio Reglamento. Sin perjuicio de su pronunciamiento de fondo que fue unánime, el Tribunal Constitucional en ejercicio de su potestad hace un estudio de las instituciones de prerrogativa de acusación constitucional, inmunidad y vacancia presidencial por incapacidad moral permanente. La crítica que se hace al intérprete de la constitución recae en la grave omisión al no haber emitido un necesario pronunciamiento respecto al significado y alcances de la “incapacidad moral”, lo cual ha derivado en una utilización arbitraria y presta a intereses políticos de esta figura, acudiendo a la esfera moral del Presidente de la República como causal de vacancia; pese a que la doctrina establece que las causales de vacancia establecidas en el artículo 113º de la Constitución deben ser interpretadas como causales objetivas.
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    Plan de negocio el rincón de las empanadas, ciudad de Iquitos 2018
    (Universidad Científica del Perú, 2019-03-01) Viacava Cardama, María Alejandra; Grandez Chung, David Orlando; Lopez Macedo, Thamer
    La finalidad del presente plan de negocios es la de evaluar la factibilidad de constituir una empresa dedicada a la elaboración, comercialización de empanadas de yuca y harina de trigo, rellenas con carnes, insumos y verduras de la región. En cuanto al plan de marketing, la principal herramienta de promoción será el fan page de la empresa. A través de la misma se realizarán sorteos, premios a todas aquellas personas que interactúen con nuestra página. No se descarta el uso de los medios tradicionales de comunicación. En cuanto al plan de operaciones estos se diseñaron de manera simple con la finalidad de crear un producto de calidad que garantice la satisfacción de las necesidades de los clientes. El aprovisionamiento de los insumos ingredientes lo realizaremos con proveedores del mercado local. En cuanto al plan económico y financiero, se han realizado la proyección de los ingresos en un periodo de tres años. Los estados financieros y los ratios económicos y financieros arrojando aceptable rentabilidad de nuestro proyecto. El mismo que contara con un endeudamiento en los tres siguientes años. El Van y la Tir, arrojan cifras alentadoras.
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    Los presupuestos materiales del control de identidad y la detención policial en flagrancia
    (Universidad Científica del Perú, 2024-11-05) Chujutalli Torres, Erlin Gilberto; Pezo Vela, Carlos Gilberto; Lopez Macedo, Thamer
    El presente análisis jurídico se realiza al Exp. N° 00413-2022-PHC/TC Callao Sentencia del Tribunal Constitucional sobre los presupuestos materiales del control de identidad y la detención policial en flagrancia dado el 25 de setiembre del 2023 por los jueces de la sala primera del Tribunal Constitucional. El propósito principal de este estudio es establecer la efectividad respecto a los presupuestos Materiales del control de identidad y de las detenciones policiales en flagrancia. Material y Método, siendo para ello necesario la utilización de una ficha de estudio de documentos alcanzada del Exp. N° 00413-2022-PHC/TC Callao Sentencia del Tribunal Constitucional, empleando el Método Descriptivo, no experimental, ex post fact. Al respecto, el Resultado obtenido devino que los magistrados constitucionales y máximos intérpretes de la Constitución hayan reglamentado como doctrina legal, que para la configuración del control de identidad debe existir requisitos indispensables para su materialización, y que guardan relación con impedir la comisión de actos delictivos, así como conseguir información útil para el esclarecimiento de un delito, enfatizando, que esta práctica no puede ejecutarse simplemente porque la autoridad policial haya tenido conocimiento, lo haya asumido intencionalmente o falto de razón para su ejecución. Como conclusión al estudio materia de investigación, se tiene que lo resuelto en el Exp. N° 00413-2022-PHC/TC Callao Sentencia del Tribunal Constitucional, afecta la privación de la libertad personal, por cuanto, en una intervención policial no se justificó las razones que materializa el control de identidad, normado en el artículo 205 del Código Procesal Penal, que prevé tácitamente que esta facultad debería efectuarse con la finalidad de advertir un ilícito penal o recabar información útil para esclarecer una determinada investigación.
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    Suspensión de cobro de peaje en estado de emergencia sentencia del tribunal constitucional 359/2020
    (Universidad Científica del Perú, 2025-11-04) Perez Diaz, Carlos Andres; Segura Vela, Jherry Jakson; Lopez Macedo, Thamer
    El presente trabajo de investigación, versa sobre la Sentencia 359/2020, Demanda de Inconstitucionalidad plateada contra el artículo único de la Ley 31018, emitida por el Tribunal Constitucional, el cual analiza exhaustivamente la suspensión del cobro de peajes en el estado de emergencia por el brote del COVID-19, y del análisis de la demanda, la ley en mención vulnera el artículo 58°, 62° y 137° de la Constitución. El Tribunal constitucional de la revisión de los actuados, concluye que la Ley 31018 vulnera el artículo 62 de la Constitución, Ley que viola la libertad contractual, al suspender el contenido esencial contractual pactado por las partes. En ese sentido, la precitada ley, beneficia económicamente al transporte, eximiéndoles al pago de peaje, de lo que al arribo de dicho beneficio, se contrapone a los dispuesto en el artículo 62° de la Constitución, la misma que de conformidad al acto contractual no puede modificarse por leyes u otra de naturaleza distinta, por otro lado, infringe la Constitución al prohibirse la compensación al concesionario por dicha afectación, desconociéndose de esta manera, sus derechos, obligaciones y compensación estipulado en el contrato. Aunado a ello, se afectarían servicios y desarrollo urbano vial en perjuicio de los usuarios.

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