FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

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    Reposición del trabajador en el despido fraudulento” casación Nº 1112-2019-La Libertad
    (Universidad Científica del Perú, 2024-11-29) Aquino Sandoval, Yaquelín Lucero; García Llerena, Ruth Angelica; Mercado Arbieto, Aristo Wilber
    La presente investigación viene motivada por el análisis casuístico y lo resuelto en la Casación N.º 1112-2019- La Libertad, expedida por la Cuarta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, que examina supuestos que configuran un despido fraudulento; así, en el caso en mención, se tiene que el trabajador pretende reposición e indemnización por lucro cesante al ser despedido de la empresa Unión de Cervecerías Peruanas Backus y Jhonston S.A.A. al imputarle faltas graves no prevista en la ley, estas conductas son: (i) no haber denunciado en el más breve plazo las irregularidades advertidas a su jefe inmediato en el área de eventos especiales; y, (ii) haber solicitado un préstamo personal a una empresa que presta servicios a su empleadora. Sobre el particular, el A quo ha declarado infundado la demanda puesto que, los hechos demandados no son inexistentes y falsos, sino que, fueron evidenciados por una auditoría interna, en tanto, repercute en las labores del trabajador. Por su lado, el Ad quem, interpuesto el recurso de apelación, revoca la sentencia apelada y declara fundada la demanda, en razón a: (i) la auditoría interna tuvo origen por la denuncia del trabajador, y como tal si cumplió con sus obligaciones; y, (ii) no se puede despedir por una falta no tipificada en la ley, así, el préstamo realizado por el trabajador no constituye una infracción grave, pues no está reconocida por la norma. Ahora bien, la parte demandada interpone recurso de casación por infracción normativa del artículo 139, incisos 3 y 5 de la Constitución; artículo I del Título Preliminar del Código Procesal Civil y el artículo 25, literales a) y c) del Texto Único del Decreto Legislativo N° 728; teniendo como decisión de la causa declarar infundado la casación, en consecuencia, no casaron la sentencia de vista, argumentando que la falta disciplinaria imputada al trabajador se trata de una imputación inconstitucional que de modo forzado pretende subsumirse en la ley, denotando ilegitimidad al no estar tipificada como infracción normativa.
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    El despido incausado y su vulnerarcion al derecho fundamental al trabajo en la ciudad de Iquitos en el año 2022
    (Universidad Científica del Perú, 2024-04-17) Da Silva Soca, María Belén; Da Silva Soca, María Gracia; Piélago Mariño, Wilfredo Edgar
    La presente investigación tiene por finalidad determinar la vulneración del derecho fundamental al trabajo a través del despido incausado que realizan las diferentes empresas o instituciones públicas, dejando al trabajador en el completo abandono laboral sin razón o motivo como muchas veces suele demostrarse a través de un proceso judicial y que en la mayoría de los casos son ganados por los recurrentes. Nuestro ordenamiento jurídico en lo laboral protege al trabajador de cualquier abuso que podría cometer el empleador en menoscabo de su condición de trabajador y frente al despido incausado, fraudulento, la norma jurídica reconoce que estos tipos de despidos son abusivos y contravienen los derechos fundamentales de las personas, Este trabajo, nos permitirá conocer los mecanismos legales que se utilizan para los despidos incausados, nuestro trabajo es determinar esos mecanismos si están dentro del marco constitucional. Asimismo, podremos observar como a través de nuestros objetivos podremos determinar nuestras conclusiones y sus resultados de la investigación que tiene alto grado de confiabilidad. Esta investigación es de tipo básico Descriptiva no experimental, es decir no se va a modificar las variables de estudio, es de corte transversal, la población y muestra esta referida a 44 trabajadores del sector público, que nos sirvieron para realizar nuestras encuestas.
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    Despido fraudulento – sentencia casación n° 23780-2018- la libertad – debida motivación de las resoluciones judiciales
    (Universidad Científica del Perú, 2022-08-05) García Romero, Fresia Aracelly; Da Silva Soca, María Isabel Xiomara; Mercado Arbieto, Aristo Wilbert
    El presente análisis jurídico, es elaborado en base a un importante caso resuelto por la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, que mediante la CASACIÓN 23780-2018 LA LIBERTAD se realiza un exhaustivo análisis de la controversia referida al Despido Fraudulento. Debida Motivación de las Resoluciones Judiciales en el proceso sobre Reposición por despido fraudulento: en cuanto a que se sostiene que la Resolución de vista adolece de una debida motivación a las resoluciones judiciales en cuanto esta Sala omite realizar un análisis tanto normativo como probatorio y, por ende, comete presuntamente varias infracciones normativas. Teniendo como antecedentes diversos criterios expresados por la Corte Suprema, asimismo tenemos al II Pleno Jurisdiccional Supremo en materia laboral del año 2014 y al Pleno Jurisdiccional Distrital De Arequipa En Materia Laboral del año 2018, en el presente caso ha quedado demostrado si bien estaríamos frente a un aparente caso de despido fraudulento, para ello debe configurarse con una serie de requisitos, de las cuales no se cumple ninguno, por lo que el despido, en el presente caso, es por causa justa. Este recurso extraordinario de casación tiene como objetivo resolver la controversia, resolviendo la cuestión jurídica objeto de control consistente en determinar si en la Casación N º 23780-2018 La Libertad constituye una causa de despido justa el que el trabajador descanse o se quede dormido después de terminar sus labores en campo abierto. Material y Métodos; se empleó una ficha de análisis de documentos, analizando una muestra consistente en la CASACIÓN 23780-2018 LA LIBERTAD, utilizando el Método tipo de investigación fue Cualitativo, nivel Descriptivo y diseño de no experimental ex post facto. En el Resultado, la Sala Suprema, declara Fundado el recurso casación interpuesto por la demandada CARTAVIO S.A.A., en consecuencia, CASARON la Sentencia de Vista contenida en la resolución de fecha nueve de julio de dos mil dieciocho, que corre de fojas doscientos veintidós a doscientos treinta y siete; y actuando en sede de instancia; REVOCARON la Sentencia apelada contenida en la resolución, que declaró fundada la demanda. Asimismo, en el presente caso la resolución de vista produjo la vulneración al derecho al debido proceso y a la debida motivación de las resoluciones judiciales, y la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República es quien resuelve y se encarga de motivarla su decisión de manera correcta y conforme a ley.
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    Análisis del V Pleno Jurisdiccional Supremo en Materia Laboral y Previsional, sobre Indemnización y Remuneraciones Devengadas en los casos de Despido Fraudulento y Despido Incausado - Lima 2016
    (Universidad Científica del Perú, 2018-09-03) Sánchez Paredes, Rodrigo; Apaza Cari, Tomas Hugo; Tuesta Gómez, Martín
    El presenta análisis del Caso Jurídico, se refiere a un importante acuerdo resuelto por los Jueces Supremos integrantes de las Salas de Derecho Constitucional y Social Permanente, Primera y Segunda Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, que mediante el V Pleno Jurisdiccional Supremo en materia Laboral y Previsional - LIMA, realizan un exhaustivo análisis sobre la Indemnización y remuneraciones devengadas en los casos de despido Fraudulento y despido Incausado, teniendo como objetivo del citado Pleno Jurisdiccional Supremo de que en los casos de despido incausado y despido fraudulento, el trabajador tiene derecho a demandar la reposición en el empleo, además podrá acumular simultáneamente el pago de la indemnización de los daños y perjuicios sufridos, las que incluyen el daño emergente, lucro cesante y el daño moral. Material y Métodos; se empleó una ficha de análisis de documentos, analizando una muestra consistente en el citado Pleno Jurisdiccional Supremo antes citado, utilizando el Método Descriptivo Explicativo, cuyo diseño fue no experimental ex post facto. Entre el Resultado, el Colegiado Supremo, acordó por mayoría que en los casos de despido incausado y despido fraudulento, el trabajador tiene derecho a demandar la reposición en el empleo, además podrá acumular simultáneamente el pago de la indemnización de los daños y perjuicios sufridos, las que incluyen el daño emergente, lucro cesante y el daño moral. En Conclusión, la indemnización de daños y perjuicios sustituye cualquier pretensión por remuneraciones devengadas. El juez valorará los medios probatorios para determinar la existencia del daño, la relación de causalidad con el despido, el factor subjetivo de atribución de responsabilidad, y el cálculo de la suma indemnizatoria, según el petitorio y los hechos; asimismo, en caso se le reconozca al trabajador un monto indemnizatorio por daños y perjuicios, el juez de oficio ordenará pagar una suma por daños punitivos, la misma cuyo monto máximo será equivalente al monto que hubiera correspondido al trabajador aportar al sistema privado de pensiones, sistema nacional de pensiones o cualquier otro régimen previsional que corresponda.