FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS
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Item Las notificaciones judiciales por intermedio de las redes sociales en el código procesal civil, Iquitos, 2024(Universidad Científica del Perú, 2025-08-18) Bernales Hernández, Llarec; Llaury Chacón, Medali; Suarez Egoavil, Elda MilagrosLas notificaciones judiciales vía WhatsApp, actualmente utilizadas en procesos de alimentos, podrían extenderse a otros ámbitos civiles para mejorar la eficiencia procesal. El problema del estudio es si ¿Las notificaciones mediante aplicación de WhatsApp que se viene realizando en los procesos de alimentos se podría implementar en los demás procesos? Planteando como objetivo principal: Determinar si las notificaciones mediante aplicación de WhatsApp que se viene realizando en los procesos de alimentos se podría implementar en los demás procesos. La hipótesis general es: La implementación de notificaciones electrónicas a través de aplicaciones de mensajería instantánea como WhatsApp en los procesos civiles, además de los procesos de alimentos, puede mejorar la eficiencia y eficacia en la comunicación y notificación de las partes. La metodología es de enfoque cuantitativo, de tipo descriptivo – no experimental de corte transversal, en donde se utiliza variables como "notificaciones judiciales" y "redes sociales", operacionalizadas mediante escalas Likert. En el estudio se aplicó la Prueba de Chi-cuadrado. Los resultados preliminares respaldan la eficacia de las TIC en justicia, aunque señalan la necesidad de regulación para evitar vulnerabilidades. La investigación concluye que, las notificaciones a través de WhatsApp resultan beneficiosas para impulsar los procesos judiciales.Item La incorporación de la cooperación internacional en el proceso civil, Iquitos, 2023(Universidad Científica del Perú, 2024-08-21) Barbaran Zamora, Teresa Cecilia; Manihuari Navarro, July Adith; Suarez Egoavil, Elda MilagrosEsta tesis fue motivada por la necesidad de proponer un modelo normativo para la cooperación internacional en el proceso civil en nuestro país, con el objetivo de garantizar la tutela judicial efectiva, salvaguardar los derechos de las personas, prevenir la denegación de justicia y fortalecer el Estado de Derecho y el desarrollo económico. Es por todo ello que la tesis formuló la siguiente pregunta: ¿En la actualidad existe el instituto jurídico de cooperación internacional en los procesos civiles? Y se planteó el objetivo principal: Analizar si en la actualidad existe el instituto jurídico de cooperación internacional en los procesos civiles. El estudio empleó una metodología cuantitativa con un diseño descriptivo y no experimental, utilizando un enfoque transversal. La población estuvo conformada por abogados del Colegio de Abogados de Loreto, con una muestra de 75 abogados. Las técnicas de recolección de datos incluyeron encuestas y cuestionarios. Para probar la hipótesis se aplicó la prueba de Chi-cuadrado. La investigación concluyó que la institución jurídica de la cooperación internacional no existe actualmente en los procedimientos civiles, ya que no existe una sección específica en nuestro Código de Procedimiento Civil. Por lo tanto, se recomienda que se incorpore un nuevo libro o sección al Código de Procedimiento Civil para establecer la institución jurídica de la cooperación internacional.Item Regulación del plazo de la caducidad en todas las medidas cautelares en el artículo 625 del código procesal civil, Iquitos, 2023(Universidad Científica del Perú, 2023-12-22) Hidalgo Viena, Dagoberto; Macedo Hoyos, Nicole Beatriz; Suarez Egoavil, Elda MilagrosEl presente estudio se planteó la siguiente pregunta: ¿El artículo 625 del Código Procesal Civil establece el plazo de caducidad de todos los embargos y otras medidas cautelares después del Código de Procedimientos Civiles de 1912? El objetivo principal de este estudio fue determinar si el artículo 625 del Código Procesal Civil establece el plazo de caducidad de todos los embargos y otras medidas cautelares después del Código de Procedimientos Civiles de 1912. La técnica utilizada fue la encuesta, y el instrumento fue un cuestionario. La población estuvo conformada por los abogados del Colegio de Abogados de Loreto, y la muestra estuvo conformada por 75 abogados litigantes del Colegio de Abogados de Loreto. El diseño utilizado fue el “no experimental de tipo transaccional o transversal de nivel descriptivo”. Para el análisis estadístico se utilizó la estadística descriptiva, para el estudio de las variables de manera independiente, y para la demostración de las hipótesis se utilizó la prueba paramétrica chi cuadrado (x2). Los resultados indicaron que el artículo 625 del Código Procesal Civil no establece el plazo de caducidad de todos los embargos y otras medidas cautelares después del Código de Procedimientos Civiles de 1912.