Pago de la renta vitalicia por enfermedad profesional. Casación N° 11046-2015-Lima

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2018-10-12

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Universidad Científica del Perú

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El presente análisis jurídico, se refiere a un importante caso resuelto por los integrantes de la Primera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, que mediante la Casación N° 11046-2015-LIMA, realizan un ponderado análisis sobre el tema en controversia, el pago de la renta vitalicia por enfermedad profesional por parte de la Oficina de Normalización Previsional – ONP. Teniendo como antecedentes diversos criterios expresados por la Corte Suprema de Justicia de la República y del Tribunal Constitucional con relación a la pensión vitalicia; respecto a este caso es determinar si hubo o no vulneración de derechos fundamentales y constitucionales en el caso propuesto. Se tiene que el objetivo de la referida casación es resolver la controversia en sede Casatoria para determinar si la sentencia de vista ha sido expedida vulnerando los dispositivos contenidos en el art 19° inciso b) de la Ley N° 26790 y del art 28° del Decreto Supremo N° 003-98-SA. Material y Métodos; se empleó una ficha de análisis de documentos, analizando una muestra consistente la Casación N° 11046-2015-LIMA, utilizando el Método Descriptivo Explicativo, cuyo diseño fue no experimental ex post facto. Entre el Resultado, el Colegiado Supremo, declara Infundado el recurso casación interpuesto por la ONP, en consecuencia, NO CASARON la sentencia de vista que declara fundada respecto a la obligación del pago de la Renta Vitalicia por enfermedad Profesional por parte de la ONP a favor del demandante. En conclusión, el presente análisis concluye a través del precedente vinculante dispuesto por el Tribunal Constitucional recaído en el expediente N° 02513-2007-PA/TC que la corte suprema en aplicación al precedente vinculante antes mencionado declaró infundada la demanda y ordenando cumplimiento obligatorio a la Oficina de Normalización Previsional – ONP, a cubrir el pago de Renta Vitalicia al demandante Cayo Ambrosio Santos, por lo que corresponde examinar o verificar con el análisis correspondiente la vulneración al derecho de pensión o de lo contrario esta fue emitido con arreglo a ley sin vulnerar derecho alguno.

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Renta vitalicia, Pago de pensiones, Remuneración mensual

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