El delito de inducción al voto y control acusatorio: casación n°760-2016 – la Libertad
Date
2021-01-28
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Universidad Científica del Perú
Abstract
El presente trabajo de análisis, está relacionado con dos motivos casacionales, es así que; la Casación N°760-2016-La Libertad de la Sala Penal Permanente, plantea dentro de su primer motivo casacional lo relacionado al Control de Acusación, específicamente al sobreseimiento y la insuficiencia de los elementos de convicción; y, como segundo motivo casacional, la estructura típica del delito de inducción al voto, objeto fundamental en la presente investigación, que viene motivado por su análisis dogmático (tipicidad, antijuricidad y culpabilidad), así como todo lo concerniente al proceso electoral, desarrollado ampliamente en este trabajo.
La investigación, tiene como objetivo principal; identificar en qué momento la conducta típica de Inducción al Voto se torna injusto penal, en el marco de un proceso electoral, y; establecer los filtros y exigencias que debe cumplir el requerimiento acusatorio para no recaer en sobreseimiento dentro de la etapa intermedia. En relación a los materiales y métodos de investigación, se empleó el fichaje para el análisis de los documentos; teniendo en cuenta que la presente investigación es un trabajo de suficiencia profesional esta desarrollada dentro de un enfoque cualitativo de tipo socio jurídico, en la que el nivel de investigación es de tipo descriptiva.
Así mismo, se obtuvo como resultados que; con relación al tema del delito de inducción al voto, que el momento de la manifestación del delito de Inducción al Voto, se fundamenta en las etapas del proceso electoral, Ley N° 26859 – Ley Orgánica de Elecciones. Y, con relación al tema de control de acusación, se tuvo como efecto de la investigación que, la etapa intermedia es el filtro de la acusación, pero el momento de la misma es la audiencia de control de acusación, aquí se revisa detalladamente si el requerimiento cumple con los requisitos formales y sustanciales establecidos tanto en el NCPP como los criterios desarrollados en la casación objeto de estudio.
Finalmente, se concluye que; el momento en que la conducta típica de inducción al voto se torna un injusto penal, en el marco de un proceso electoral, se da en la fase preparatoria o pre electoral, en específico, dentro de la sub etapa de la inscripción de los candidatos; asimismo, los filtros y exigencias que debe cumplir el requerimiento acusatorio para no recaer en sobreseimiento son el control formal y el control sustancial, sometidos al cuidado del órgano jurisdiccional.
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Derecho de sufragio, Proceso electoral, Inducción al voto, Etapa intermedia, Control acusatorio
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