La incorporación de oficio de un medio probatorio en la audiencia de juzgamiento no invalida la sentencia - casación laboral N° 15296-2014-Lima

dc.contributor.advisorTuesta Gómez, Martín
dc.contributor.authorPinto Díaz, Maribel
dc.date.accessioned2018-02-16T15:41:16Z
dc.date.available2018-02-16T15:41:16Z
dc.date.issued2017-08-04
dc.description.abstractEl presente trabajo de análisis trata sobre: “La incorporación de oficio de un medio probatorio en la Audiencia de Juzgamiento no invalida la sentencia”; según las reglas de la Nueva Ley Procesal del Trabajo Nro. 29497, los medios probatorios se ofrecen por las partes únicamente en la demanda y en la contestación de demanda y excepcionalmente pueden ser ofrecidos hasta el momento previo a la actuación probatoria siempre y cuando estén referidos a hechos nuevos o posteriores a la presentación de la demanda o de la contestación, el problema surge cuando las partes no ofrecen los medios probatorios en la oportunidad que tuvieron para hacerlo y lo presentan de manera extemporánea en audiencia. Frente a ello se ha trazado como objetivo: Determinar si es válida la incorporación de medios probatorios de oficio ordenado por el juez en la audiencia de juzgamiento en un proceso de Reposición por Despido Incausado, para lo cual se empleó el Material y métodos: Una ficha de análisis de documentos analizando una muestra consistente en un expediente judicial Nro. 15296-2014-Lima del Tribunal Constitucional, a través del Método Básico – Descriptivo Explicativo. El diseño fue no experimental ex post facto, habiendo tenido como resultados que si es válido que el juez pueda incorporar medios probatorios de oficio en la audiencia de juzgamiento, ello conforme con el artículo 22 de la Ley 29487, habiendo arribado como conclusión: Que, el juez como director del proceso se encuentra envestido de facultades, entre ellas puede ordenar pruebas de oficio en la etapa de juzgamiento, sin que ello implique la invalidación de la sentencia.es_ES
dc.description.uriTrabajo de suficiencia profesionales_ES
dc.formatapplication/pdfes_ES
dc.identifier.urihttp://repositorio.ucp.edu.pe/handle/20.500.14503/345
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherUniversidad Científica del Perúes_ES
dc.publisher.countryPEes_ES
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licences/by-nc-nd/2.5/pe/*
dc.subjectDespido incausadoes_ES
dc.subjectPrueba de oficioes_ES
dc.subjectEtapa de juzgamientoes_ES
dc.subjectLey procesal del trabajoes_ES
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01es_ES
dc.titleLa incorporación de oficio de un medio probatorio en la audiencia de juzgamiento no invalida la sentencia - casación laboral N° 15296-2014-Limaes_ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises_ES
renati.discipline421018es_ES
renati.levelhttp://purl.org/pe-repo/renati/level#tituloProfesionales_ES
renati.typehttps://purl.org/pe-repo/renati/type#trabajoDeSuficienciaProfesionales_ES
thesis.degree.disciplineDerechoes_ES
thesis.degree.grantorUniversidad Científica del Perú. Facultad de Derecho y Ciencias Políticases_ES
thesis.degree.levelTitulo Profesionales_ES
thesis.degree.nameAbogadoes_ES

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