Aprendamiento financiero y responsabilidad civil por accidente de tránsito. Casación N° 3256-2015-Apurimac
Date
2019-12-18
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Universidad Científica del Perú
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El presente trabajo de análisis trata sobre: “Responsabilidad solidaria del propietario de un vehículo, otorgado en arrendamiento financiero, participante de un accidente de tránsito”; a pesar que en los últimos años se había mantenido el criterio jurisdiccional de imputar responsabilidad al propietario por los daños causados con el bien dado en leasing, toda vez que se argumentaba que la Ley de Arrendamiento Financiero no resultaba aplicable a hechos probados que generan responsabilidad extracontractual frente a terceros que no han intervenido en el contrato de leasing, se ha emitido la Casación N° 3256-2015-Apurimac, donde se ha decidido excluir a un banco como responsable a través de la aplicación especial de la Ley de Arrendamiento Financiero y su Reglamento. El problema surge debido a que se discute si se ha realizado correcta interpretación del artículo 6° del Decreto Legislativo N° 299, para excluir de responsabilidad al propietario del bien otorgado en leasing, participante de un accidente de tránsito, frente a ello se ha trazado como objetivo: Determinar si la mencionada Casación hace una interpretación correcta del artículo 6° del Decreto Legislativo N° 299, para excluir de responsabilidad al propietario del bien otorgado en leasing, participante de un accidente de tránsito, para lo cual se empleó el Método Básico – Descriptivo Explicativo cuyo diseño fue no experimental ex post facto, habiendo tenido como resultados en el caso que no es válido imputar responsabilidad solidaria al propietario de un vehículo, otorgado en arrendamiento financiero, participante de un accidente de tránsito; sin embargo, consideramos que el resultado no es el más acertado, por el contrario colisiona con lo resuelto en jurisprudencia previa y en lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley N° 27181 - Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, habiendo arribado como conclusión: Que, la exclusión de responsabilidad del propietario del bien otorgado en leasing, según el Decreto Legislativo N° 299, prima sobre las normas del Código Civil sobre responsabilidad civil extracontractual y la Ley N° 27181, Ley General de Tránsito.
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Responsabilidad Extracontractual, Responsabilidad Objetiva, Indemnizació por Daños y Perjuicios, Leasing Financiero, Ley General de Transporte Terrestre.
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