Prescripción adquisitiva de dominio. Casación N° 1670-2017 Lima norte.
Date
2019-12-12
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Universidad Científica del Perú
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El presente caso la ratio decidendi descansa en el reconocimiento del derecho de propiedad, por lo cual el titular de un bien puede adquirir por prescripción adquisitiva el mismo. Viendo afectado su derecho la demandante Beatriz Violeta Sánchez Domínguez, interpone recurso de casación, al haber sido negada en instancias anteriores su demanda de prescripción adquisitiva de dominio, dicho recurso sirvió para que se dilucide el bastante discutido tema sobre si la procedencia de la prescripción adquisitiva de un propietario es un imposible jurídico o una forma de consolidación del derecho de propiedad. Objetivos: el objetivo general, es el de analizar la Casación, a fin de conocer cuáles son las implicancias del razonamiento jurídico que la Corte emplea para resolver esta incertidumbre jurídica. Material y Métodos se empleó una ficha de análisis de documentos, analizando una muestra de estudio consistente en la Casación N° 1610-2017 LIMA NORTE “Prescripción Adquisitiva de Dominio”, a través del Método Descriptivo Explicativo. El diseño fue no experimental ex post facto. Resultados, se declaró FUNDADO el recurso de casación interpuesto por la demandante Beatriz Violeta Sánchez Domínguez contra la Sentencia de Vista, en razón a los siguientes fundamentos: Que el recurso de casación se fundamenta en la aplicación indebida del artículo 427° inciso 6 del Código Procesal Civil: sustentando que, las instancias de mérito consideran que por contar con título otorgado por los propietarios registrales, éste no puede calificarse como justo título, y que por lo tanto la pretensión es jurídicamente imposible y en la infracción del artículo 950° del Código Civil: alegando que la Sala de manera errada considera que el justo título es aquel otorgado por un no propietario, lo cual constituye una interpretación restrictiva. La Corte señala que, en ese sentido, el sujeto que señala ser propietario de un bien y que ahora desea adquirirlo por prescripción, puede hacerlo válidamente. Por ello, verificándose que se ha afectado el debido proceso y a la tutela jurisdiccional efectiva, y que dicha circunstancia se refleja desde la sentencia de primera instancia, corresponde declarar nula la recurrida e insubsistente la apelada a fin que se emita nuevo fallo y así lograr los fines del proceso. Conclusión, se determina la procedencia de la demanda prescripción adquisitiva para quién ya cuenta con la condición de propietario, consolidando de ésta manera su situación jurídica de titular, sin embargo, ello implica que, de adquirirse por prescripción adquisitiva, se funda una nueva situación jurídica, por lo que los títulos con los que se contaba anteriormente pierden relevancia.
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Derecho de propiedad, Prescripción, Justo título, Imposible jurídico.
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