FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS
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Item El debido proceso en el procedimiento administrativo sancionador en la municipalidad provincial de maynas 2023(Universidad Científica del Perú, 2025-08-08) Flores Cardenas, Maria Cristina; Flores Cardenas, Juan Pedro; Piélago Mariño, Wilfredo EdgarEste análisis ha tenido como meta principal: Definir el grado de relación que existe entre el Debido Proceso y las acciones administrativas preparatorias en relación con el Debido Proceso al Procedimiento Administrativo Sancionador en la Municipalidad Provincial de Maynas en el 2023. En ese contexto, la investigación ha determinado la información desde el punto de vista del derecho administrativo a nivel estatal, identificando la forma en que se realizan los procedimientos administrativos de las infracciones cometidas por los empleados municipales. Se reconoce que en el procedimiento administrativo se respeta el debido proceso, el derecho a la defensa, la utilización de técnicas de prueba, como la imposición de sanciones administrativas como acciones correctivas frente a las conductas inadecuadas de los empleados municipales. Adicionalmente, se empleó un enfoque de estudio puro, de nivel correlacional, de diseño no experimental y de orientación cuantitativa. La investigación ha determinado que, en el procedimiento administrativo sancionador se lleva a cabo conforme al debido proceso, admitiendo diferentes evidencias como parte del procedimiento. En situaciones de responsabilidad, se imponen las sanciones de amonestación y suspensión como las más comunes, siendo la destitución del lugar de trabajo la más severaItem La aplicacion del principio de congruencia procesal y el interdicto de recobrar, en la casacion 2769-2017 Arequipa(Universidad Científica del Perú, 2024-06-04) Flores La Serna, Robert; Gonzales Perez, Gianmarco Sthil; Millones Angeles, Cesar AgustoEl presente trabajo desarrolla la figura del interdicto de recobrar, institución que busca identificar que quien la ejerce es el poseedor, sea legítimo o ilegítimo, mediante la cual se discute la posesión actual, con prescindencia del derecho. En la casación N° 2769-2017-Arequipa, la cual es materia de análisis, se puede dar cuenta que mediante este proceso judicial se busca no solo la restitución de la posesión; sino además el mantener la paz social. Se ha buscado identificar los requisitos necesarios para que una pretensión interdictal sea amparada por el juez. Ello se ha de reflejar en el presente trabajo. Este tipo de pretensión se ha de tramitar en la vía del proceso sumarísimo, el cual es más breve en comparación con el abreviado y conocimiento, más aún cuando se cuenta con una audiencia única que refleja la puesta en vigencia de principios como el de economía, concentración y celeridad procesal. La presente investigación partió del problema ¿Cómo se ha aplicado el principio de congruencia procesal en el caso de la casación 2769-2017 Arequipa? Y el objetivo fue: Analizar la forma en que se ha aplicado el principio de congruencia procesal en la casación 2769-2017 Arequipa. La técnica que se empleó una ficha de análisis de documentos, analizando una muestra consistente en la Casación 2769-2017 Arequipa, utilizando el Método tipo de investigación fue Cualitativo, Teórico-Explicativo y dogmático y diseño de no experimental de tipo transaccional descriptivo. Para el análisis estadístico se usará la estadística descriptiva. Los resultados indicaron que: En la casación N° 2769-2017- Arequipa existe una indebida aplicación del principio de congruencia procesal en el interdicto de recobrar, toda vez que la Sala Superior no ha cumplido su deber de emitir un pronunciamiento sobre la pretensión del interdicto de recobrar del inmueble ubicado en la Manzana O-2, Lote 01, Módulo A, Sector 3, Ciudad de Cajes-Arequipa, no resolviendo si procede o no amparar la demanda de interdicto de recobrar, afectando directamente el principio de congruencia procesal.Item Tutela jurisdiccional efectiva del ocupante precario – casación n°16-2019. Lima Sur(Universidad Científica del Perú, 2024-07-11) Ferrer Vargas, Peter Giovanni; Hidalgo Ramírez, Carlos Enrique; Millones Ángeles, César AugustoEl presente trabajo de investigación, versa sobre la Casación N°16-2019 Lima Sur, el cual analiza exhaustivamente el desalojo por ocupación precario interpuesto por la Municipalidad Distrital de Pachacamac, del inmueble ubicado frente a la avenida Víctor Malásquez, adyacente al Asentamiento Humano Portada de Manchay – ampliación y la Comunidad Campesina de Collanac, distrito de Pachacamac, provincia y departamento de Lima. En el presente caso, los ciudadanos Emilia Yauri Carhuas de Rodríguez, Agustina Taype Huamán, Dometila Romero Sanabria y Ana Melva Manuel Romero contestan la demanda negándola en todos tus extremos, en primera instancia el Juzgado Civil Transitorio de Lurín de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur declaró fundada la demanda, en razón que la parte demandante acredita ser propietaria del bien inmueble materia de litis. En segunda Instancia, la Sala Civil de Chorrillos de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, revoca la sentencia de primera instancia y reformándola declara infundada la demanda de desalojo, en razón de que no existe congruencia entre los hechos reales con los fundamentos de la demanda. Posteriormente mediante recurso de casación, la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la República lo declara infundado, al no haberse demandado correctamente a todos los posesionarios del bien materia de litis, no ha descrito que extensión ocupan, así como las colindancias y perimétricas del predio, los cuales son determinantes para la individualización del predio atendiendo a su pretensión.Item Método de Caso Jurídico acceso al empleo del servidor público a plazo indeterminado casación N° 20310-2022. Lima(Universidad Científica del Perú, 2024-09-30) Gutierrez Collazos, Darwin Jackson; Valles Criollo, Amarilis Xiomara; Mercado Arbieto,Aristo WilbertEl presente análisis jurídico del trabajo de investigación denominada acceso al empleo del servidor público a plazo indeterminado, se basa en una sentencia casatoria emitida por la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, para que se reconozca a los servidores judiciales sujetos a una relación de trabajo a plazo fijo sujeto a modalidad en ser calificados como trabajadores sujetos de trabajo de naturaleza indeterminada. La materia en discusión es la transgresión del debido proceso y del artículo 05 de la Ley N° 28175 Ley Marco del Empleo Público, mismas que, a consideración del procurador público, debían esclarecerse a través de la sentencia casatoria antes mencionada (Casación N° 20310-2022. Lima). Así, entonces, se desprende de la misma que la parte demandante Federación Nacional de Sindicatos del Poder Judicial – FENASIPOJ PERÚ, interpusieron demanda en donde solicitaron que se emita resolución administrativa disponiendo el ingreso a la condición de contrato indeterminado de los trabajadores judiciales contratados a plazo fijo, bajo el régimen del decreto Legislativo número 728; más el pago de intereses legales, costas y costos del proceso. El principal objetivo de la casación en mención es resolver la controversia originada a raíz del acta de suspensión de huelga del veintiocho de noviembre de dos mil diecinueve en donde el Poder Judicial se comprometió a emitir Resolución Administrativa para el ingreso a la condición de contrato indeterminado de los trabajadores judiciales; para determinar si los órganos de menor jerarquía resolvieron conforme a derecho. Como resultado de dicho análisis se obtuvo que mediante la resolución del quince de diciembre de dos mil veintidós se declaró procedente el recurso, obrante a fojas noventa y ocho a ciento dos; de acuerdo a ello el recurso fue declarado fundado, de las dos infracciones normativas mencionadas, solo una declarado procedente que es la infracción del artículo 5° de la Ley 28175, Ley de Marco del Empleo Público. 1 En consecuencia, prevaleció la Ley 28175, Ley de Marco del Empleo Público; y, declararon infundada la demanda en todos sus extremos interpuesta por la Federación Nacional de Sindicatos del Poder Judicial – FENASIPOJ PERÚ, sobre relación laboral indeterminado y otros.Item Límites de la flexibilización de los principios de congruencia, preclusión y eventualidad procesal en los procesos judiciales de familia(Universidad Científica del Perú, 2024-07-11) Perez Delgado, Hillary Elizabeth; Alvan Muñoz, Danae; Yanarico Quispe, EfrainLa presente investigación partió del problema ¿La flexibilización sin límites de los principios de congruencia, preclusión y eventualidad procesal en los procesos judiciales de familia puede afectar al derecho al debido proceso? Y el objetivo fue: Determinar si la flexibilización sin límites de los principios de congruencia, preclusión y eventualidad procesal en los procesos judiciales de familia incide en la vulneración al derecho al debido proceso. La técnica que se empleó fue la encuesta y el instrumento fue el cuestionario. La población estuvo conformada por abogados de la Provincia de Maynas del Departamento de Loreto. La muestra incluyó 25 abogados colegiados especializados en Materia Civil y Familia y 5 magistrados entre Jueces y Fiscales Civiles y Familia. El diseño que se empleó fue no experimental de tipo correlacional. El método de investigación fue Científico -Descriptivo – Explicativo. Los resultados indicaron que: La flexibilización sin límites de los principios de congruencia, preclusión y eventualidad procesal en los procesos judiciales de familia incide en la vulneración del derecho al debido proceso.Item Optimización de la garantía constitucional al debido proceso mediante la regulación normativa de la intencionalidad deliberada de incumplimiento en el delito de omisión de asistencia familiar, Maynas, Loreto-2023(Universidad Científica del Perú, 2024-07-08) Aguilar Vela, Ana Milagros; Aguilar Manihuari, Ariana Margarita; Scipión Salazar, Víctor DanielLa presente investigación tiene como problema general “¿Cómo influiría una regulación expresa de la intención deliberada de incumplimiento en los Delitos de Omisión de Asistencia Familiar para una optimización al debido proceso? “Y el objetivo general es: “Evaluar cómo la regulación expresa de la intención deliberada de incumplimiento en los delitos de Omisión a asistencia familiar, optimizaría al debido proceso al momento de sancionar penalmente a los imputados". La técnica que se empleó fue la encuesta y el instrumento fue el cuestionario. La muestra estuvo conformada por 60 personas de los cuales 15 eran abogados colegiados especializados Derecho Penal y Constitucional, 15 magistrados de Distintos Niveles, especializados en Derecho Constitucional y 30 miembros de la ciudadanía que se encuentran en un proceso penal por el Delito de Omisión a la Asistencia Familiar, pertenecientes Distrito Judicial de Loreto, concretamente la Provincia de Maynas. Asimismo, el diseño empleado fue no experimental de descriptivo y correlacional. Se usaron estadísticas descriptivas, para analizar las variables individualmente y la prueba no paramétrica de chi cuadrado (x2) para probar la hipótesis. La información obtenida mostró que: “La regulación expresa de la intención deliberada de incumplimiento como elemento subjetivo en el delito de Omisión de Asistencia Familiar, optimizaría la garantía del debido proceso al reforzar una mejor aplicación de las garantías procesales de debida motivación e imparcialidad, en el proceso penal, al momento de sancionar al imputado”.Item Ordenar la presentación de medios probatorios en etapa decisoria vulnera la presunción de buena fe y causa indefensión al demandado casación n° 24625-2017. Junin(Universidad Científica del Perú, 2024-02-01) Morón Ruiz, Fredy Henry; Zevallos Pérez, Luis Alberto; Millones Angeles, Cesar AugustoEl presente análisis jurídico se basa en una sentencia casatoria emitida por la Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, sobre demanda de interdicto de recobrar. La materia en discusión está relacionada a determinar si se han incorporado medios probatorios después de la etapa postulatoria y si se vulneró el derecho al contradictorio, siendo estos mediante la sentencia recaída en la Casación N° 24625-2017/Junín. Así, entonces, se desprende de la misma que el señor Félix Octavio Isla Almonacid solicita en su demanda que se ordene a la demandada, la señora Edith Margot Peña Mendizábal, reponga el fundo agrícola denominado San Juan, el alto Gramazú, distrito de Huancabamba, provincia de Oxapampa, en razón del despojo que argumenta haber sufrido y como pretensión accesoria solicita una indemnización por daños y perjuicios ascendentes a cincuenta mil soles. El principal objetivo de la casación en mención es resolver la controversia originada sobre si se vulneró el derecho al contradictorio del medio probatorio que el Juez de primera instancia solicitó ingresar luego de la etapa postulatoria, para así determinar si los órganos de menor jerarquía resolvieron conforme a derecho. xii Como resultado de dicho análisis se obtuvo que declararon fundado la casación interpuesta por la demandada la señora Edith Margot Peña Mendizábal, mediante escrito de fecha seis de enero de dos mil diecisiete, que corre a fojas ciento cincuenta y ocho; y, en consecuencia, declararon nula la sentencia de vista e insubsistente la sentencia apelada; asimismo, nulo todo lo actuado hasta la resolución número once y ordenaron que el a quo emita nuevo pronunciamiento conforme a las consideraciones expuestas en la citada casación.Item Vulneración del derecho a la debida motivacion y la afectación al debido proceso – casacion n.° 60-2016-junin(Universidad Científica del Perú, 2023-12-15) Chumbe Gutiérrez, Het Melecio; Jauregui López, Freddy Junior; Jara Martel, José NapoleónLa presente investigación partió del problema ¿Existe vulneración a la debida motivación y la afectación al debido proceso en la casación N.° 60-2016 Junín? Y el objetivo fue: Explicar si existe vulneración a la debida motivación y la afectación al debido proceso en la casación N.° 60-2016 Junín. Se utilizó la metodología de documentos de examinar de casos previos para llevar a cabo el análisis. La muestra de estudio incluyó todas las sentencias de la Corte Suprema de la República relacionadas con casos de derecho penal durante el año 2016. En éste estudio, se aplicó un enfoque no experimental de diseño transaccional correlacional. Para el análisis estadístico, se utilizará la estadística descriptiva para evaluar cada variable por separado. Además, se hará uso de la bibliografía especializada para respaldar la hipótesis planteada. Los resultados indicaron que: Si existe vulneración a la debida motivación y afectación al debido proceso en la Casación N.° 60-2016 Junín, asimismo, se determinó que existe una contradicción lógica entre las diferentes declaraciones presentes en las sentencias, lo que resulta en una violación de los controles endoprocesales y extraprocesales establecidos como garantía para asegurar una motivación adecuada en las resoluciones.