Trabajo de Suficiencia Profesional
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Item El Tracto Sucesivo En Un Proceso De Reivindicación Casación 6774-2019 Ventanilla(Universidad Científica del Perú, 2024-09-27) Gamarra Pinedo De Rengifo, Gina Scarlet; Novoa Núñez, Luisa Esther; Millones Angeles, Cesar AugustoEl derecho a la propiedad implica que una persona tiene el derecho legal de poseer bienes, ya sea de forma individual o colectiva, y que puede utilizarlos de acuerdo con sus intereses y necesidades. Además, este derecho también implica que la propiedad está protegida contra interferencias indebidas por parte de terceros o del Estado, salvo en casos específicos establecidos por la ley. En el contexto de los bienes heredados, el derecho a la propiedad se aplica a los herederos legales que tienen derecho a reclamar la propiedad de los bienes que forman parte de una herencia. Los herederos tienen el derecho legal de poseer y disponer de los bienes heredados de acuerdo con las disposiciones legales y las voluntades del fallecido. Es importante tener en cuenta que el derecho a la propiedad está sujeto a ciertas limitaciones y regulaciones establecidas por la ley, con el fin de proteger los derechos de terceros y garantizar el bienestar común. Por lo tanto, es fundamental conocer y respetar las normativas legales aplicables en cada caso para ejercer el derecho a la propiedad de manera adecuada y legal.Item Inexigibilidad del acta de conciliación como requisito de admisibilidad de la demanda en materia laboral casación 8814-2018 – Lima(Universidad Científica del Perú, 2023-12-01) Gonzales Fernández, Angelica Dolores; Tello Bardales, Flor Angelica; Mercado Arbieto, Aristo WilberLa presente investigación partió del problema “¿Según la Nueva Ley Procesal del Trabajo Ley Nro. 29497 es requisito de admisibilidad de la demanda, el acta de conciliación administrativa?”, y el objetivo fue: Explicar si según la Nueva Ley Procesal del Trabajo Ley Nro. 29497 es requisito de admisibilidad de la demanda, el acta de conciliación administrativa”. Se aplicó la técnica del análisis documental de los casos similares. En el caso de la población esta se conformó por cada una de las sentencias Casatorias de la “Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República año 2018”. Estando compuesta la muestra por la Casación Laboral Nro. 8814-2018 Lima. Empleándose un diseño no experimental, tipo transaccional correlacional. Se empleará la estadística descriptiva para el análisis estadístico, para la investigación de cada variable de modo independiente y a fin de comprobar la hipótesis se efectuará mediante la bibliografía especializada. Dando como resultado que: Según el artículo 16 de la Ley Nro. 29497 no es exigible como requerimiento de admisibilidad de la demanda que se anexe el acta de Conciliación administrativa.Item La bonificación por preparación de clases se debe efectuar en base a la remuneración total permanente casación 10365-2018-Loreto(Universidad Científica del Perú, 2023-12-06) Quispe Silva, Jorge Luis Antonio; Torres Alegría, Alexander; Mercado Arbieto, Aristo WilberLa presente investigación partió del problema “¿La bonificación por preparación de clases conforme al artículo 48 de la Ley Nro. 24049 viene siendo pagada por la Dirección Regional de Educación - Loreto?” Y el objetivo fue: “Explicar si bonificación por preparación de clases conforme al artículo 48 de la Ley Nro. 24049 viene siendo pagada por la Dirección Regional de Educación – Loreto”. El análisis documental de casos similares fue la técnica que se empleó. Para la población se consideró a todas las Sentencias de la Primera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema del año 2018. El tipo de diseño utilizado fue no experimental y de naturaleza transaccional correlacional. Con la finalidad del análisis estadístico se utilizó estadística descriptiva, para estudiar cada variable de manera independiente y para demostrar la hipótesis se consultó la bibliografía especializada. Al analizar cada resultado se encontró que: la Casación Nro. 10365-2018-Loreto, la bonificación especial por preparación de clases conforme al art. 48 de la Ley Nro. 24029 venía siendo pagada conforme a la remuneración total, si no que se pagó según la remuneración total permanente.Item El Interes Superior del Niño en Los Casos de Tenencia, Custodia Y Régimen de Visitas – Casación N° 3432-2019 – Lima(Universidad Científica del Perú, 2023-09-06) Torres Cordova, Blanca Lisseth; Davila Sanchez, Gisella; Tejada Mendoza, Andrea NatalieLa presente investigación partió del problema ¿En toda decisión que verse con relación a niños y adolescentes se debe tomar en cuenta el Interés Superior del Niño? Y el objetivo fue: Explicar si en toda decisión que verse con relación a niños y adolescentes se debe tomar en cuenta el Interés Superior del Niño. La técnica que se empleó fue el análisis documental de casos similares. La población estuvo conformada por todas las sentencias casatorios de la Sala Civil de la Corte Suprema de la República del año 2019. El diseño que se empleo fue no experimental de tipo transaccional correlacional. Para el análisis estadístico se usará la estadística descriptiva, para el estudio de las variables en forma independiente y para demostración de la hipótesis esta se hará a través de la bibliografía especializada utilizada. Los resultados indicaron que: En toda relación que tenga que tomarse decisiones con relación a niños y adolescentes se debe de tener en cuenta siempre El Interés Superior del Niño, que es lo que más le conviene o favorece al menor para su normal desarrollo.Item La Declaración de Mejor Derecho de Propiedad se Determina si esta ha sido efectuada de Buena Fe y si el Derecho real se encuentra Inscrito- Casación Nº 342018 Arequipa(Universidad Científica del Perú, 2023-07-11) López Gonzales De Del Águila, Estela; López Mazanett, Darcy; Chirinos Maruri, María EstherLa presente investigación partió del problema ¿En la presente casación para declarar el mejor derecho de propiedad es necesario tener en cuenta la buena fe y que el derecho real se encuentre inscrito? Y el objetivo fue: Explicar si en la presente casación para declarar el mejor derecho de propiedad es necesario tener en cuenta la buena fe y que el derecho real se encuentre inscrito. La técnica que se empleó fue el análisis documental de casos similares. La población estuvo conformada por todas las Sentencias casatorias de la Corte Suprema de la República en materia civil – año 2018. Se utilizó un enfoque de diseño no experimental, específicamente de tipo transaccional correlacional. Para el análisis estadístico se usará la estadística descriptiva, para el estudio de las variables en forma independiente y para demostración de la hipótesis esta se hará a través de la bibliografía especializada utilizada. Los resultados indicaron que: Para declarar el mejor derecho de propiedad de conformidad al artículo 1135° del Código Civil, se prefiere al acreedor de buena fe, cuyo título ha sido primeramente inscrito.Item El cumplimiento del principio de rogación, motivación y congruencia en la reparación civil – Recurso de Casación N° 1895-2018 – Lima Sur(Universidad Científica del Perú, 2023-05-12) Ruiz Márquez, Huber Junior; Jara Martel, Jose NapoleonLa presente investigación partió del problema ¿En todas las sentencias se respetan las pretensiones solicitadas por las partes legitimadas? Y el objetivo fue: Explicar si en todas las sentencias se respetan las pretensiones solicitadas por las partes legitimadas. La técnica que se empleó fue el análisis documental de casos similares. La población estuvo conformada por todos los Recursos de Casación de la Corte Suprema de Justicia de la República en materia penal del año 2021. El diseño que se empleo fue no experimental de tipo transaccional correlacional. Para el análisis estadístico se usará la estadística descriptiva, para el estudio de las variables en forma independiente y para demostración de la hipótesis esta se hará a través de la bibliografía especializada utilizada, habiendo llegado a la conclusión que En todas las sentencias deben respetarse las pretensiones solicitadas por las partes legitimadas.Item Presentado el sobreseimiento de la investigación, faculta al sujeto procesal presentar oposición al archivo y solicitar actos de investigación adicionales - casación. 1693-2017 – Ancash(Universidad Cientìfica del Perù, 2022-12-20) Gordon Del Aguila, María Elena; Rodriguez Vela, Elvira Amarilis; Atarama Lonzoy, Aldo NervoLa presente investigación partió del problema ¿El Código Procesal Penal obliga a que el Sujeto Procesal que formula oposición al sobreseimiento deba solicitar actos de investigación adicionales? Y el objetivo fue: Explicar si el Código Procesal Penal obliga a que el Sujeto Procesal que formula oposición al sobreseimiento deba solicitar actos de investigación adicionales. La técnica que se empleó fue el análisis documental de casos similares. La población estuvo conformada por todas las sentencias casatorias de la Corte Suprema de la República en materia penal del año 2017. El diseño que se empleo fue no experimental de tipo transaccional correlacional. Para el análisis estadístico se usará la estadística descriptiva, para el estudio de las variables en forma independiente y para demostración de las hipótesis se hará a través de la bibliografía especializada utilizada. Los resultados indicaron que: El Código Procesal Penal en su artículo en su artículo 345 numeral 2 no obliga, sino faculta a que el sujeto procesal que formula oposición al sobreseimiento pueda solicitar actos de investigación adicionales.