Escuela Profesional de Derecho
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Item El procedimiento administrativo sancionador y la vulneración de los derechos constitucionales en la ciudad de Tarapoto, 2024(Universidad Científica del Perú, 2025-02-06) Lima Quevedo, Jain RuthEl estudio planteó determinar la relación entre el procedimiento administrativo sancionador y la vulneración de los derechos constitucionales en la ciudad de Tarapoto, 2024, considerando ello, el estudio gozó de una metodología correlacional, siendo empleado el cuestionario para obtener datos de 50 operadores de justicia. Los resultados han manifestado que las variables de estudio mantuvieron una relación positiva de 0.726, en donde se ha confirmado que cualquier omisión que se llegue a tener dentro de las etapas del procedimiento administrativo sancionador, puede llegar a vulnerar de manera directa a los derechos constitucionales. Además, se alcanzó la conclusión que el respeto de los derechos fundamentales debe de ser íntegro, con la finalidad de que todo ello pueda generar decisiones justas y coherentes con la normativa. Además, el exceso de sanciones puede involucrar de manera negativa a los principios constitucionales, conllevando a la duda acerca de la legitimidad del proceso.Item El incumplimiento de las sentencias en los procesos de alimentos: Causas, consecuencias y propuestas para una tutela judicial efectiva(Universidad Científica del Perú, 2026-01-29) Sandoval Alvan, Zulema; Montalvan Garcés, Gabriel EduardoFue la tesis titulada “La falta de cumplimiento de las resoluciones en los casos de pensiones alimenticias: orígenes, efectos y sugerencias para una protección judicial adecuada” la motivación para la investigación, al verificar que examina el problema del incumplimiento de las decisiones judiciales que requieren el abono de pensiones alimenticias, dando como consecuencia la afectación de los derechos básicos de los niños. El propósito por tanto fue identificar las razones y repercusiones de dicho incumplimiento y encontrar y sugerir acciones que aseguren una protección judicial adecuada. La hipótesis que se planteó, demostrar que la inexistencia de medidas coercitivas efectivas, la lentitud en los procesos y la informalidad laboral del deudor afectan directamente el incumplimiento. Se llevó a cabo la investigación mediante un enfoque cuantitativo, con nivel descriptivo y diseño no experimental, transeccional. El cuestionario a través de encuestas, aplicadas a 58 profesionales del derecho; (muestra de la población que fue censal del CAL Loreto) fue el utilizado para el acopio de datos, estadísticamente se calculó la prueba de Chi-cuadrado para encontrar el nexo significativo entre las variables. Lo encontrado corrobora las carencias en los mecanismos judiciales y una falta de resolución efectiva. Por tanto se establece que se requiere aun más modernización tecnológica y la implementación de juzgados especializados para asegurar la justicia en materia alimentaria y complementariamente de recomendar el Registro de Deudores Morosos para aplicar la retención automática de ingresos.Item Modificación del artículo 565-A del codigo procesal civil con relación al proceso de reducción, variación y exoneración de alimentos – Iquitos 2024(Universidad Científica del Perú, 2025-12-12) Valdivia Rodriguez, Victor Gabriel; Morey Fuchs, Junior Brayan; Millones Angeles, Cesar AgustoLa presente investigación partió del problema ¿Es posible que en el proceso principal de alimentos se interponga demanda de reducción, variación y exoneración de alimentos? Y el objetivo fue: Explicar si es posible que en el proceso principal de alimentos se interponga demanda de reducción, variación y exoneración de alimentos. La técnica que se empleó fue la encuesta y el instrumento fue el cuestionario. La población estuvo conformada por 70 abogados de la Provincia de Maynas del Departamento de Loreto, especializados en Derecho civil y procesal civil. El diseño que se empleó fue no experimental de tipo correlacional. El método de investigación fue Científico - Descriptivo – Explicativo. Los resultados indicaron que: Si es posible que en el proceso principal de alimentos que tenga sentencia ejecutoriada o consentida, se pueda interponer demanda de reducción, variación y exoneración de alimentos, toda vez que no existiría ningún conflicto legal, toda vez que se trataría de las mismas partes.Item La exoneración de la obligación alimentaria y su impacto en la tutela judicial efectiva del obligado, Maynas, 2024(Universidad Científica del Perú, 2025-10-01) Gonzales Peña, Bryzeth Nery Amelia; Miranda Vasquez, José LuisLa presente investigación partió del problema ¿ Cuáles son las consecuencias de que la exoneración de la obligación alimentaria surta efectos únicamente a partir de una sentencia judicial firme, cuando el obligado atraviese una reducción significativa de ingresos? el objetivo fue: Determinar de qué manera la exoneración de la obligación alimenticia, que surta efectos desde la sentencia firme, afecta la tutela judicial efectiva y en la subsistencia económica del obligado, que sufre alguna reducción de ingresos que afecta su subsistencia, la técnica que se empleó fue la encuesta y el instrumento fue el cuestionario. La población estuvo conformada por abogados del Colegio de Abogados de Loreto, la muestra fue de 45 abogados, el diseño que se empleó fue no experimental Explicativo, los resultados indicaron que: “se afecta significativamente la tutela judicial efectiva si recién con sentencia firme se exonera de la pensión de alimentos al obligado.Item Delito de contaminación ambiental como ley penal en blanco. acuerdo plenario N.° 02.b-2023/CIJ-112(Universidad Científica del Perú, 2024-11-11) Ludeña Ramirez, Veronica Rosario AnelizaEl presente estudio tiene como enfoque de atención el análisis jurisprudencial del Acuerdo Plenario N.° 02.B-2023/CIJ-112 del 21 de noviembre del 2023, expedido por la Corte Suprema de Justicia de la República en el XII Pleno Jurisdiccional de las Salas Penales Permanente, Transitoria y Especial, donde se abordaron múltiples aristas sobre los delitos ambientales; así, la principal problemática se refiere a las diferencias entre infracción administrativa y delitos de contaminación, esto en razón a que los ilícitos ambientales constituyen leyes penales en blanco cuya tipicidad está condicionada a la vulneración de normativas propias del ámbito del derecho administrativo, de ahí que surge la necesidad de establecer criterios que permitan distinguir entre infracción y delito. Sobre el particular, la Corte Suprema ha desarrollado criterios dogmáticos que hacen la distinción entre una infracción administrativa y el delito ambiental –de contaminación, artículo 304° del CP–, que si bien tienen en común contravenir leyes dirigidas a la protección del medio ambiente, existen características que identifican a cada conducta y que permiten apreciar la correlación que existe entre el derecho penal y el derecho administrativo en relación a la regulación del medio ambiente entendido como un derecho fundamental reconocido en el artículo 2° inciso 22) de la Constitución Política del Estado. Ante ese panorama, los órganos jurisdiccionales supremos concluyen que, los delitos contra el medio ambiente importan delitos de lesión (de resultado) o de peligro abstracto, que para efectos de configuración se requiere el despliegue de las conductas típicas previstas en el artículo 304° del Código Penal, esto es, «provocar» o «realizar» descargas, emisiones de gases tóxicos, emisiones de ruidos, filtraciones, vertimientos o radiaciones contaminantes, debiéndose ser idóneos para alterar o causar grave daño a los componentes del medio ambiente (atmosfera, suelo, subsuelo, las aguas terrestres, marítimas o subterráneas); además, se exige la contravención de normas extrapenales – de carácter administrativo–, que, según el tipo penal de contaminación lo constituye la infracción de leyes, reglamentos, o los límites máximos permisibles.Item El divorcio incausado y su viabilidad como mecanismo de disolución del vínculo matrimonial en el ordenamiento jurídico peruano(Universidad Científica del Perú, 2025-12-30) Alava Galan, Jennifer Yasmín; Yllescas Mori, Luz LorenaEsta investigación desarrolla una realidad incierta respecto de la ruptura del vínculo matrimonial y se centra en el análisis de cual viable desde el punto de vista social y jurídica es posible el divorcio incausado como una forma de disolución de la relación matrimonial frente a la forma tradicional del sistema referido a causales. El objetivo que se plasma en la presente investigación es poder comprobar la posibilidad de fortalecer este mecanismo dentro del sistema jurídico nacional, valorando su conformidad con el sistema de principios constitucionales, así como verificando su impacto social La presente tesis se mantiene un enfoque dogmático-jurídico y maneja la revisión documentada de doctrina nacional e internacional, se toma en consideración la legislación comparada, así como la jurisprudencia más actual, específicamente la que promueve tema como la autonomía de la voluntad y la dignidad de la persona. En ella se discute respecto al sistema tradicional sustentado en la probática de la culpa matrimonial, la cual resulta obsoleta, lesiva para la dignidad de los cónyuges, así como contraria al interés superior de niño, al obligar trasuntar por el proceso y la exposición de la vida privada. Los descubrimientos señalan que el divorcio Incausado no solo tiene sustento legal viable, sino que es una necesidad social al ser plenamente compatible con el derecho fundamental al libre desarrollo de la personalidad. Su puesta en vigencia facilita la Litis en la materia, reduce la carga procesal del Poder Judicial y transforma el foco del conflicto: de aquella referida a la determinación de la culpa para pasar a una negociación responsable de las consecuencias posteriores al matrimonio como lo es lo relativo a los alimentos, tenencia y liquidación de bienes de la sociedad. Finalmente, nuestra investigación, pone en consideración la afirmación normativa del divorcio incausado como la vía principal para la disolución matrimonial eficiente y digna en el sistema legal nacional.Item Suspensión de cobro de peaje en estado de emergencia sentencia del tribunal constitucional 359/2020(Universidad Científica del Perú, 2025-11-04) Perez Diaz, Carlos Andres; Segura Vela, Jherry JaksonEl presente trabajo de investigación, versa sobre la Sentencia 359/2020, Demanda de Inconstitucionalidad plateada contra el artículo único de la Ley 31018, emitida por el Tribunal Constitucional, el cual analiza exhaustivamente la suspensión del cobro de peajes en el estado de emergencia por el brote del COVID-19, y del análisis de la demanda, la ley en mención vulnera el artículo 58°, 62° y 137° de la Constitución. El Tribunal constitucional de la revisión de los actuados, concluye que la Ley 31018 vulnera el artículo 62 de la Constitución, Ley que viola la libertad contractual, al suspender el contenido esencial contractual pactado por las partes. En ese sentido, la precitada ley, beneficia económicamente al transporte, eximiéndoles al pago de peaje, de lo que al arribo de dicho beneficio, se contrapone a los dispuesto en el artículo 62° de la Constitución, la misma que de conformidad al acto contractual no puede modificarse por leyes u otra de naturaleza distinta, por otro lado, infringe la Constitución al prohibirse la compensación al concesionario por dicha afectación, desconociéndose de esta manera, sus derechos, obligaciones y compensación estipulado en el contrato. Aunado a ello, se afectarían servicios y desarrollo urbano vial en perjuicio de los usuarios.Item Ejecución de garantía hipotecaria – sentencia casación N° 3874-2018- Lambayeque-fines del proceso e integración de la norma procesal debida y motivación de las resoluciones judiciales(Universidad Científica del Perú, 2025-09-23) Castro Saldaña, Candy BrigitteEl presente análisis jurídico, es elaborado en base a un importante caso resuelto por la Sala Civil Permanente de la Corta Suprema de Justicia de la República, que mediante la Casación 3974-2018 LAMBAYEQUE se realiza un exhaustivo análisis de la controversia referida a la Ejecución de Garantías Hipotecaria, sobre la vulneración al Debida proceso en el proceso sobre Ejecución de Garantías, en cuánto a que se sostiene que la Resolución de vista adolece de una debida motivación a las resoluciones judiciales y constituye una vulneración al debido proceso en cuanto el Juez como director del proceso debe agotar los medios necesarios a fin de resolver el conflicto de intereses con relevancia jurídica, conforme a los artículos 194º del Código Procesal Civil y el artículo III Título preliminar del Código Procesal Civil, y, por ende, comete presuntamente las infracciones normativas anteriormente mencionadas. Teniendo como antecedentes diversos criterios expresados por la Corte Suprema, asimismo tenemos al VI Pleno Casatoria Civil contenido de la Casación Nº 2402-2012 Lambayeque, en el presente caso ha quedado demostrado que en los supuestos en donde existan medios probatorios insuficientes, es deber del juez agotar los medios necesarios para poder resolver el presente conflicto de intereses, por lo que al examinar el presente caso, se ha visto que el auto de vista vulnera el debido proceso. Este recurso extraordinario de casación tiene como objetivo resolver la controversia, resolviendo la cuestión jurídica objeto de control consistente en determinar si la Casación Nª 3974-2018-LAMBAYAQUE vulnera a la debida motivación e resoluciones judiciales y al debido proceso al pronunciarse y declarar Fundado el recurso de casación que se interpuso contra el auto de vista de fecha 13-06-2018 que confirma la improcedencia de la demanda. Material y Métodos; se empleó una ficha de análisis de documentos, analizando una muestra consistente en la CASACIÓN Nº 3974-2018 LAMBAYAQUE, utilizando el Método tipo de investigación fue Cualitativo, nivel Descriptivo y diseño de no experimental ex post facto. En el Resultado, la Sala Suprema, declara Fundado el recurso casación interpuesto por ALICORP S.A.A., en consecuencia, DISPUSIERON que el Juez de la causa emita nuevo fallo, previo análisis. Asimismo, en el presente caso la resoluci9ón de vista produjo la vulneración al derecho al debido proceso y a la debida motivación de las resoluciones judiciales, y la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República es quien resuelve y se encarga de motivarla su decisión de manera correcta y conforme la ley.Item Legalización del uso de armas de fuego para el personal de serenazgo de la municipalidad distrital de San Juan-2025(Universidad Científica del Perú, 2025-12-19) Del Risco Orihuela, Krisstomperr Lidber; Dahua Cahuaza, Maria Angelica; Yanarico Quispe, EfraínEl presente estudio de investigación busca la examinación de la posibilidad constitucional y legal que el personal de Serenazgo de la Municipalidad Distrital de San Juan pueda ser armado, como respuesta al notable aumento en el 60% en la delincuencia y la exposición y vulnerabilidad de su personal. A través de una metodología cualitativa de nivel explicativo, en donde de una el análisis dogmático de fuentes legales y jurisprudenciales junto con una investigación comparada de modelos internacionales y entrevistas a actores locales. El estudio de investigación evidencia la inviabilidad constitucional de la propuesta. Los resultados obtenidos, evidencian que esta medida contraviene el principio de legalidad, la reserva de ley en materia de uso de la fuerza y la naturaleza principalmente preventiva del Serenazgo, estipulada en la Ley N° 27933. Como conclusión se tiene que, lejos de ser una solución, el permiso para portar armas de fuego generaría un exceso en el marco competencial municipal. La alternativa que sea constitucionalmente viable y estratégicamente superior se basa en el refuerzo de la coordinación operativa junto con la PNP, además de profesionalizar al Serenazgo con diversas capacitaciones en derechos humanos y mediación, y equiparlo con herramientas no letales y con tecnología de vigilancia, salvaguardando de tal manera su carácter preventivo dentro del ordenamiento jurídico vigente.Item Inclusión del informe y declaración jurada para pensiones de alimentos con montos superiores a 20 unidades de referencia procesal, Iquitos, 2023(Universidad Científica del Perú, 2025-12-19) Irigoin Rocha, Kathleen Guadalupe; Suarez Egoavil, Elda MilagrosEsta investigación aborda el problema general si debería incluirse un informe y declaración jurada en las pensiones de alimentos que superen las 20 Unidades de Referencia Procesal (URP) en Iquitos, con el objetivo general de determinar la necesidad de estos documentos para garantizar equidad y transparencia en pensiones elevadas, sustentado en la hipótesis general de que su inclusión es necesaria para proteger los derechos de los hijos y asegurar decisiones judiciales justas. Metodológicamente, el estudio adopta un enfoque cuantitativo, descriptivo y no experimental con diseño transeccional, utilizando como población al Colegio de Abogados de Loreto y una muestra de 45 abogados litigantes seleccionados por muestreo por conveniencia. Se plantea analizar la relación entre la inclusión de los documentos y la equidad en las pensiones, concluyendo que la investigación busca fundamentar la regulación de estos requisitos para pensiones superiores a 20 URP, promoviendo así la transparencia y la protección del interés superior del menor.