Improcedencia de la consulta de la sentencia que declara el divorcio si las partes ejercieron el derecho al contradictorio

Abstract

La presente investigación partió del problema ¿Es garantía de todo justiciable la pluralidad de instancia? el objetivo fue: Explicar si la pluralidad de instancia es garantía de todo justiciable, la técnica que se empleó fue la encuesta y el instrumento fue el cuestionario. La población estuvo conformada por abogados del Colegio de Abogados de Loreto, la muestra fue de 50 abogados, el diseño que se empleó fue no experimental de tipo correlacional, el método de investigación fue Científico -Descriptivo, los resultados indicaron que: “La pluralidad de instancia es un derecho que goza de reconocimiento constitucional así se encuentra establecido en el numeral 6 del artículo 139 de la Constitución Política del Estado”.

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Divorcio, Consulta, Derecho al contradictorio, Sentencia firme

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