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    Control de la ejecución de sentencias de alimentos y protección del interés superior del niño en maynas, loreto-2023
    (Universidad Científica del Perú, 2024-10-07) Bardales Valles, Dante; Pacaya Escobar, Jean Carlos; Scipion Salazar, Victor Eduardo
    Esta investigación se inició a partir del problema ¿De qué manera la ausencia de un mecanismo de control y seguimiento en la ejecución de las sentencias de alimentos de menores de edad, respecto al uso adecuado de la pensión alimenticia por parte del representante del menor demandante, afecta los principios del interés superior del niño y el derecho fundamental a recibir alimentos en Maynas, Loreto-2023? Y el objetivo fue: De qué manera la ausencia de un mecanismo de control y seguimiento en la ejecución de las sentencias de alimentos de menores de edad, respecto al uso adecuado de la pensión alimenticia por parte del representante del menor demandante, afecta los principios del interés superior del niño y el derecho fundamental a recibir alimentos en Maynas, Loreto-2023. Se aplicaron técnicas como la encuesta e instrumentos como el cuestionario. La población materia de análisis estuvo conformada por Abogados de la Provincia de Maynas del Departamento de Loreto, especializados en Derecho Civil y Familia, Magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Público, especializados en Derecho Civil y Familia de la Provincia de Maynas Departamento de Loreto Ciudadanos en la Provincia de Maynas, Departamento de Loreto. La muestra incluyó 15 Abogados de la Provincia de Maynas del Departamento de Loreto, especializados en Derecho Constitucional, Penal y Familia 15 Magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Público, especializados en Derecho Constitucional, Penal y Familia de la Provincia de Maynas Departamento de Loreto 30 Ciudadanos en la Provincia de Maynas, Departamento de Loreto. Se utilizó un diseño correlacional no experimental. El método de investigación fue Científico - Descriptivo - Explicativo. Los resultados indicaron que: La ausencia de un mecanismo de control y seguimiento en la ejecución de las sentencias de alimentos de menores de edad, respecto al uso adecuado de la pensión alimenticia por parte del representante del menor demandante, colisiona con los principios del interés superior del niño y el derecho fundamental a recibir alimentos, al no garantizar que los recursos asignados sean utilizados efectivamente para satisfacer las necesidades del menor, generando desprotección y afectando su desarrollo integral en Maynas, Loreto- 2023
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    La modificación del artículo 474° del código civil referente a la obligación reciproca de alimentos
    (Universidad Científica del Perú, 2023-01-24) Espinoza Mori, Jesus Antonio; Arévalo Flores, Tilda Diana; Rioja Bermúdez, Alexander
    La presente investigación partió del problema ¿El artículo 474 del Código Civil referente a la obligación reciproca de alimentos en cuanto al inciso 2? “los descendientes y ascendientes” satisface la finalidad de la reciprocidad? Y el objetivo fue: Determinar si el artículo 474 del Código Civil referente a la obligación reciproca de alimentos en cuanto al inciso 2. “los descendientes y ascendientes” satisface la finalidad de la reciprocidad. La técnica que se empleó fue la encuesta y el instrumento fue el cuestionario. La población estuvo conformada por 100 abogados litigantes de la Provincia de Maynas, la muestra estuvo conformada por 80 abogados litigantes. El diseño que se empleó en la presente investigación es la “No experimental de tipo transaccional correlacional”. Para el análisis estadístico se usó la estadística descriptiva, para el estudio de las variables de manera independiente y para demostración de las hipótesis se usó la prueba paramétrica chi cuadrado (x2). Los resultados indicaron que: El artículo 474 del Código Civil referente a la obligación reciproca de alimentos en cuanto al inciso 2. “los descendientes y ascendientes” no satisface la finalidad de la reciprocidad, toda vez que el articulo resulta de contenido amplio y se debe delimitar en este inciso que los padres hayan cumplido con prestar alimentos a sus hijos, para que posteriormente este pueda solicitar alimentos a sus hijos ya mayores, cumpliéndose así la finalidad de la reciprocidad. Habiendo determinado lo anterior, podemos indicar entonces que resultaría factible modificar e incorporar un párrafo al artículo 474 del Código Civil en el extremo de precisar y especificar la obligación reciproca de alimentos.
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    Vulneración de los principios de inmediación y concentración por la no realización de una audiencia única en los procesos de filiacion y alimentos, Loreto, 2021
    (Universidad Científica del Perú, 2023-01-16) Gomez Labinto, Celeste; Pérez Macca, Sharon Patricia; Rioja Bermudez, Alexander
    La presente investigación partió del problema ¿Constituye una vulneración a los principios de inmediación y concentración en los procesos de filiación y alimentos, la no realización de una audiencia única? Y el objetivo fue: Determinar si constituye una vulneración a los principios de inmediación y concentración en los procesos de filiación y alimentos, la no realización de una audiencia única. La técnica que se empleó fue la encuesta y el instrumento fue el cuestionario. La población estuvo conformada por 70 abogados litigantes de la Provincia de Maynas, la muestra estuvo conformada por 59 abogados litigantes. El diseño que se empleó en la presente investigación es la “No experimental de tipo transaccional correlacional”. Para el análisis estadístico se usó la estadística descriptiva, para el estudio de las variables de manera independiente y para demostración de las hipótesis se usó la prueba paramétrica chi cuadrado (x2). Los resultados indicaron que: Sí constituye una vulneración a los principios de inmediación y concentración en los procesos de filiación y alimentos, la no realización de una audiencia única, regulados en el artículo V del título preliminar del código procesal civil. Habiendo determinado lo anterior, podemos indicar entonces que resultaría factible modificar el tercer párrafo del artículo 1 de la Ley 28457 y su modificación en la Ley 30628 en el extremo de incorporar que la audiencia única proceda en los procesos de filiación y también en los casos de procesos acumulados como filiación y alimentos, en observancia del artículo 554 del Código Procesal Civil, Loreto, 2021.