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Item El fraude a la ley laboral al establecer el vínculo laboral y la estructura remunerativa.(Universidad Particular de Iquitos, 2000) Scarafone Torres, Edwin; Atarama Lonzoy, Aldo NervoEl presente trabajo pretende investigar el fraude a la ley en el derecho laboral al establecer la modalidad de contratación y la estructura remunerativa, debido a su especial naturaleza y a la evidente importancia que ha cobrado dentro de campos del Derecho que se caracterizan por contener en su mayor parte Normas de carácter imperativo, como es el caso, donde se abren mucho las posibilidades de la presencia de actos en Fraude a la ley, hecho que ha generado diversos cuestionamientos de los interesados, en los distintos campos. Seguido el Planteamiento Metodológico y Marco Teórico de los dos primeros capítulos, se hace un análisis exhaustivo de las variables en estudio de la legislación vigente, con la finalidad de ayudar al cumplimiento del objetivo general, motivo de la presente investigación.Item Despenalización de la Usura(Universidad Científica del Perú, 2013-12-26) Guerra Pumalloclla, Fiorella Khristel; Lachuma Tuesta, Maximiliano; Cabrera Paredes, Roger AlbertoEl tema expuesto presento un gran interés académico sin embargo la falta de material bibliográfico sobre el tema concreto representó una gran dificultad para la elaboración del presente trabajo, sin embargo conseguimos ser puntuales en la elaboración del mismo. Con el transcurrir del tiempo, los países han ido modificando sus corrientes jurídicas despenalizando varias conductas innecesarias en el Ordenamiento Jurídico, España como principal referente despenalizo el delito de Usura y otros países siguieron esta corriente, en otros casos la Usura fue evaluada desde la connotación civil que presentaba, finalmente en nuestro país este delitos ha sido tema de varias perspectivas que encontradas colisionan entre sí, ya que para algunos debe seguir considerándose como ilícito en nuestro país y para otros debería despenalizarse por cuanto su existencia como figura delictiva no podría aplicarse a la realidad social actual, ya que su conducta estaría revestida de una causal de justificación, que le eximiría de toda responsabilidad penal.Item Inconstitucionalidad de la irreversibilidad de las resoluciones del jurado nacional de elecciones: un analisis en base a lo establecido por la CIDH y el TC(Universidad Científica del Perú, 2014-03-12) Gonzales Sangama, Gino Franco; Jara Martel, José NapoleónEl estudio de la "inconstitucionalidad de la irreversibilidad de las Resoluciones del Jurado Nacional de Elecciones: un análisis en base a lo establecido por la CIDH y el TC." tuvo como objetivo analizar e interpretar los artículos 142-181 de la Constitución Política del Perú en base a principios básicos del Derecho y sentencias emitidos por el Tribunal Constitucional y la Corte Interamericana de Derechos Humanos. El estudio pertenece al tipo no experimental, porque no se realizó manipulación de las variables. La Población estuvo conformada por seis (06) resoluciones del Tribunal Constitucional y una (01) resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Para el análisis e interpretación de la información se empleó el Tipo Dogmático Teórico, ya que se empleó los principios doctrinales del derecho como medio principal para interpretar el sentido de la norma jurídica en base a los recientes pronunciamientos del Tribunal Constitucional como de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Nuestro diseño de la investigación es jurídico descriptiva; ya que se trata netamente de cuestiones teóricas-jurídicas-legales y que en base al análisis respectivo de estas resoluciones se describieron cada punto controvertido.Item Aplicación y cumplimiento de la pena suspendida en su ejecución, en los juzgados penales de Maynas, del Distrito Judicial de Loreto, periodo 2011 al 2013(Universidad Científica del Perú, 2016-06-27) Cárdenas Macedo, Javier; Vergara Cabrera, Elma SoniaRESUMEN La investigación tuvo como objetivo establecer y determinar las causas y razones por las que se aplica indebidamente la pena suspendida en su ejecución y se incumple las reglas de conducta impuestas en el periodo de prueba al suspenderse la ejecución de la pena, en los Juzgados Penales de Maynas del Distrito Judicial de Loreto, en el periodo 2011 al 2013. La investigación fue de tipo sustantiva descriptiva, de diseño no experimental de tipo transversal descriptivo. La población la conformaron los Juzgados Transitorios Liquidadores de Maynas (que instruyen los procesos bajo el Código de Procedimientos Penales) y los Juzgados Penales de Maynas (entre Juzgados de Investigación Preparatoria y Juzgados Penales Unipersonal y Colegiado). La técnica que se empleó en la recolección de datos fue la encuesta y el instrumento fue la recolección de datos. Los resultados demuestran que en los Juzgados Penales de Maynas del Distrito Judicial de Loreto, en el periodo 2011 al 2013, se aplicó indebidamente la medida alternativa de suspensión de la ejecución de la pena, no controlándose el cumplimiento de las reglas de conducta impuestas en el periodo de prueba.Item La ineficacia de la ordenanza municipal frente al contaminante acústico de La Habana, el Pardo y CNI de Iquitos 2015(Universidad Científica del Perú, 2016-07-20) Sajamí Ramírez, Mirla Rosa; Bocanegra Dávila, Yesenea Carola A.; Del Águila Gonzáles, RonyLa presente tesis que ponemos a criterio de los señores miembros del jurado se titula:"La ineficacia de la Ordenanza Municipal Frente al Contaminante Acústico de la Habana, el Pardo y CNI de Iquitos -2015". El objetivo general fue determinar que, la Ineficacia normativa que regula la contaminación acústica afecta a los moradores que habitan en los alrededores de los locales masivos de fiesta en Iquitos.Se trabajó con una población de 58 personas entre jóvenes y adultos, la muestra fue la misma de la población y fueron extraídos aleatoriamente.Para la ejecución de la investigación se ha utilizado el diseño de tipo descriptivo, correlacional y analítico, previo a su desarrollo se realizó un análisis de las normas que regulan el problema de contaminación acústica, que de manera determinante se relacionan con los hechos que se suscitan en los perímetros de los centros sociales. Uno de los instrumentos de medición fue el cuestionario, el cual fue validado mediante juicio de expertos, el mismo que estuvo conformado por preguntas que fueron elaboradas de acuerdo a la Operacionalización de las variables. Así como, para la medición sonora se utilizó el sonómetro, utilizado por expertos de Gestión Ambiental del Municipio de Maynas. Para el análisis de los datos se ha usado la estadística descriptiva, frecuencia, frecuencia relativa y frecuencia acumulada, los mismos que son presentados en tablas y gráficos.De los datos extraídos de 58 encuestados se determinó que en dicha zona hay una notoria vulneración a los derechos fundamentales de las personas que viven en los alrededores de los centros sociales El Pardo, La Habana y CNI de Iquitos, dado que, 86.21% de los encuestado confirmaron que el ruido que emiten estos locales es en exceso, y el 84.48% manifestaron que el exceso de ruido proveniente de estos lugares de ocio son los principales causantes de los malestares que presentan; debemos dejar en claro que el exceso de ruido en estas zonas se corroboró con la medición realizada con el sonómetro, por tanto, la vulneración de los derechos fundamentales de estas personas se encuentra acreditada; además, la contaminación sonora es tan notoria que basta estar unos minutos en el lugar de los hechos para percibir la fuerte vibración que llega al interior de las viviendas de estas personas.Item El interés superior del niño frente al incumplimiento de la obligación alimentaria(Universidad Científica del Perú, 2017-05-16) Quispe Silva, José Luis; Ortega Toledo, BlancaLa presente tesis denominada “EL INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO FRENTE AL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA”, trata principalmente acerca de la importancia de esta institución familiar – Alimentos – desde su concepción como derecho fundamental y su afectación interna y externa frente al incumplimiento de la obligación por parte de las personas encargadas de cubrir ésta necesidad básica y fundamental. El derecho de recibir y de prestar alimentos ha ido desarrollándose progresivamente en el tiempo, tanto desde la visión del derecho como desde el ámbito social, teniendo como puerto la constitucionalización del mismo, es decir como un derecho inherente al ser humano para quien está dirigido, y como una obligación para quien debe prestarlo, por lo tanto, éste derecho es anterior y superior a cualquier legislación. Mediante la satisfacción de este derecho se va a salvaguardar la integridad física, psicológica y biológica del ser humano, principalmente en su etapa básica e inicial, es decir que su ámbito de protección se da desde el momento de la concepción. El derecho a los alimentos tendría que ser un derecho fundamental de atención inmediata, ya que encuentra su vínculo en el derecho a la vida y dignidad, por cuanto no solamente protege la subsistencia del ser humano, sino también otros aspectos mayores que contribuyen al íntegro desarrollo del mismo, es por ello que la protección de este derecho también se halla protegida por Tratados internacionales, vale decir, La Convención sobre los derechos del niño, a fin de que los procesos de alimentos no terminen siendo engorrosos y burocráticos, sin embargo; el obligado por las mañas que utiliza en muchos casos genera dilaciones innecesarias en el desarrollo del proceso, o presenta información incompleta en cuanto a los ingresos económicos que éste percibe, o cuanto más cuando por el simple capricho de no querer cumplir con su obligación, muchas veces busca la manera de cumplir con la obligación de manera ínfima, teniendo inclusive sentencias donde el monto asignado mensual asciende a la suma de cincuenta soles, lo que obviamente afecta el derecho fundamental a la alimentación. Sin embargo, es importante hacer hincapié también en que el interés superior del niño no implica una apreciación arbitraria por parte del juzgador, por cuanto todas las resoluciones judiciales tienen que ajustarse al principio de motivación, la que garantiza la protección constitucional que el Estado ha previsto para el niño y el adolescente y también para que no se afecte la propia subsistencia del obligado. Así, el Código Civil regula en la sección cuarta la institución jurídica de los alimentos, donde la obligación alimentaria es tratada como una de carácter personal con contenido patrimonial y sustentada en el principio de solidaridad, dejando a salvo y especial cuidado al momento de determinar el estado de necesidad del acreedor alimentario y las posibilidades de quien debe prestar los alimentos.Item Artículo 20 Incido 3 de Legítima Defensa del Código Penal Peruano en jueces, abogados y justiciables, Iquitos-2016(Universidad Científica del Perú, 2017-07-07) Cardama Casique, María Magdalena; Chávez Sajami, Oriana Judith; Saavedra Pérez, TeddyEl objetivo fue describir el Artículo 20 inciso 3 de Legítima Defensa del Código Penal Peruano en 75 personas entre Jueces, Abogados y Justiciables de Iquitos-2016.Fue un estudio descriptivo. La técnica fue la encuesta y el instrumento el cuestionario. Resultados: De 10 Jueces (100%) en “Alcances del Art. 20° Inc. 3 de Legítima Defensa del código penal peruano”, 08(80%) tuvieron respuestas adecuadas, en “Agresión ilegítima ”, 07(70%) tuvieron respuestas adecuadas, en “Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla , 05(50%) tuvieron respuestas adecuadas y en “Defensa idónea y no excesiva del medio empleado para evitar o neutralizar la agresión 05(50%) tuvieron respuestas adecuadas, en “Magnitud de la respuesta en relación con la lesión que trata evitarse, del código penal peruano”, 06(60%) tuvieron respuestas adecuadas, y en “Falta de provocación suficiente, 07(70%) tuvieron respuestas adecuadas. De 50 Abogados Colegiados Hábiles (100%) en “Alcances del Art. 20° Inc. 3 de Legítima Defensa del código penal peruano”, 32(64%) tuvieron respuestas adecuadas, en “Agresión ilegítima 30(60%) tuvieron respuestas inadecuadas; en “Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repeler la legitima defensa, 29(58%) tuvieron respuestas inadecuadas; en “Defensa idónea y no excesiva del medio empleado para evitar o neutralizar la agresión 29(58%) tuvieron respuestas inadecuadas; en “Magnitud de la respuesta en relación con la lesión que trata de evitarse”, 30(60%) tuvieron respuestas inadecuadas; y en “Falta de provocación suficiente”, 30(60%) tuvieron respuestas inadecuadas. De 15 Justiciables (100%) en “Alcances del Art. 20° Inc. 3 de Legítima Defensa del código penal peruano”, 10(66.67%) tuvieron respuestas inadecuadas; en “Agresión ilegítima”, 3(20%) 12(80%) tuvieron respuestas inadecuadas; en “Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repeler la legitima defensa”, 14(93.33%) tuvieron respuestas inadecuadas; en “Defensa idónea y no excesiva del medio empleado para evitar o neutralizar la agresión del código penal peruano.”, 14(93.33%) tuvieron respuestas inadecuadas; en “Magnitud de la respuesta en relación con la lesión que trata evitarse”, 13(86.67%) tuvieron respuestas inadecuadas; y en “Falta de provocación suficiente”, 13(86.67%) tuvieron respuestas inadecuadas . Conclusión: Existe evidencia suficiente para aceptar la Hipótesis nula de investigación: El Artículo 20 inciso 3 sobre Legítima Defensa del Código Penal Peruano, es inadecuado, al ser comparado estos hallazgos, con los resultados de Villegas y otros.Item Criterios para aplicar la pena en delitos de violación sexual de menores de edad. Sala penal permanente - Casación N° 335-2015 Del Santa - Caso: Geancarlos Vega Mejía(Universidad Científica del Perú, 2017-08-08) Marín Alvear, Cristian Enrique; Atarama Lonzoy, Aldopresente trabajo trata sobre: “La debida interpretación y aplicación de los Principios de Idoneidad, de necesidad y de proporcionalidad, la inaplicación de la prohibición contenida en el artículo 22 segundo párrafo del código Penal, vía control difuso, para los delitos sexuales que también es compatible con la constitución, la inaplicación del artículo 173 segundo párrafo del Código Penal para la graduación de la pena acudiendo al artículo 29 del Código Penal, ”,caso puesto en análisis (Casación N° 335-2015-del Santa), donde Gean carlos VEGA MEJIA es denunciado por la Tercera Fiscalía Provincial Penal del Santa por la presunta comisión del Delito contra la Libertad Sexual de Menor, en agravio de la menor de iniciales C.B.Y.B solicitando esta que se le imponga la pena privativa de libertad de treinta años y una relación civil de 2000 Nuevos Soles a favor de la agraviada, para ser posteriormente sentenciado en primera instancia por el Juzgado Penal Colegiado de la Corte Superior de Justicia del Santa el día 01 de Octubre del 2014 a 30 años de pena privativa de libertad y al pago de 2000 nuevos soles de reparación civil, contra la sentencia condenatoria el procesado Gean carlos VEGA MEJIA interpone recurso de apelación el cual fue consentido, elevando los actuados al Tribunal Superior de esta manera la Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia del Santa señalo fecha de apelación el día 09 de Marzo del 2015, posteriormente el día 19 de Marzo del 2015 la Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia del Santa resolvió: i) Implicar el mínimo y máximo de la pena conminada de treinta a treinta y cinco años de pena privativa de libertad prevista en el artículo 173°,inciso 2), del Código Penal, y la prohibición de responsabilidad restringida estipulada en el artículo 22°, segundo párrafo, del Código acotado; ii) Elevar en consulta a la Sala de Derecho Constitucional y Social de la Corte Suprema de Justicia de la República, en caso no fuese interpuesto el recurso de casación; iii) Declarar fundado en parte el recurso de apelación interpuesto por el procesado Gean carlos Vega Mejía; contra la sentencia de primera instancia de fojas ciento ochenta y cinco, de fecha treinta de octubre de dos mil catorce; iv) Confirmar la referida sentencia en cuanto condenó a Gean carlos Vega Mejía, como autor del delito contra la libertad sexual – Violación Sexual Presunta, en agravio de la menor identificada con las iniciales C.B.Y.B.; v) Modificar la pena impuesta al condenado, y, reformándola, le impuso la pena de cinco años de pena privativa de libertad efectiva; y, vi) Confirmar en el extremo que fija por concepto de reparación civil, la suma de dos mil nuevos soles a favor de la agraviada. La señora Fiscal Superior, a foja trescientos catorce, interpuso recurso de casación contra la sentencia, se invocó como causales del recurso de casación, las previstas en el artículo 429°, numerales 1) y 3), del Código Procesal Penal. La audiencia de casación se realizó con la intervención del señor Fiscal Supremo en lo Penal, y culminada la misma, de inmediato, se produjo la deliberación de la causa en sesión secreta, por lo que el supremo tribunal decidió declarar infundado el recurso de casación interpuesto por la señora Fiscal Superior de la Tercera Fiscalía Superior Penal de Apelaciones del Distrito Fiscal del Santa, contra la Sentencia emitida por la Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia del Santa, en consecuencia NO CASARON la sentencia de vista mencionada. ESTABLECIERON como doctrina jurisprudencial vinculante los fundamentos jurídicos cuadragésimo segundo, cuadragésimo tercero y cuadragésimo quinto de la presente sentencia casatoria, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 433°, inciso 3°, del Código Procesal Penal. EXONERARON a la representante del Ministerio Público del pago de costas procesales en la tramitación del recurso de casación. DISPUSIERON dar lectura a la presente sentencia casatoria en audiencia privada y se publique en el Diario Oficial “El Peruano”; notificándose a los sujetos procesales con las formalidades de ley; y los devolvieron. SS.VILLA STEINRODRÍGUEZ TINEOPARIONA PASTRANAHINOSTROZA PARIACHINEYRA FLORES.Item Factores de participación de adolescentes en acciones de sicariato - Callao, 2015(Universidad Científica del Perú, 2017-08-14) Manzur Flores, Ulises; Cubas Rieckhof, Andree; Monsalve Flores, Adolfo JoséObjetivo: Determinar si existe relación entre la participación de la familia y la formación de menores infractores en acciones de sicariato. Materiales y métodos: Se aplicó un cuestionario a una muestra de 30 sujetos, previa confiabilidad alfa de Cronbach de 0.85. El tipo fue correlacional, no experimental. Para el análisis estadístico se empleó x2, con un p<0,05. Se observó: el resultado x2 = 15.093>3,84; p= 0,00<0,05. Conclusión: Existe relación estadísticamente significativa entre la participación de la familia y la formación de menores infractores en acciones de sicariatoItem Proporcionalidad de la intervención penal con respecto al hurto de uso en fiscales de las fiscalías corporativas de Maynas, 2017(Universidad Científica del Perú, 2018-04-24) Valdez Marrou, Alex Antonio; Valdez Hirene, Marco AntonioEl trabajo de investigación tuvo como Objetivo Determinar de la Proporcionalidad de la Intervención Penal con respecto al Hurto de Uso en los Fiscales de las Fiscalías Corporativas de Maynas en el año 2017 El tipo de investigación fue descriptivo transversal mediante una variable. La población estuvo conformada por el total de Fiscales conocedores del Derecho Penal, que ejercen en la provincia de Maynas – Distrito Judicial de Loreto que fueron 25 y la muestra fue el 100% de la población. La técnica que se empleó la recolección de los datos fue la encuesta y el instrumento fue el cuestionario previamente estructurado con ítems que midan los objetivos de estudio. Para el procesamiento de datos se aplicó la estadística descriptiva con análisis de frecuencia promedio y porcentaje, las mismas que fueron presentados en tablas y gráficos estadísticos. El resultado fue la intervención Mínima Penal fue no desproporcional con respecto al Hurto de Uso en Fiscales de las Fiscalías Corporativas de Maynas en el año 2017.Item El delito de feminicidio y la sanción penal en los juzgados de investigación preparatoria de la provincia de maynas 2015(Universidad Científica del Perú, 2018-11-19) Vargas Tamani, Getulio; Arévalo Benites, Jaime; Villarreal Balbín, VladymirLa presente investigación partió del Problema: ¿Existe relación entre el delito de feminicidio y la sanción penal en los juzgados de Investigación Preparatoria en la Provincia de Maynas 2015? Y el objetivo fue: Determinar si existe relación entre el delito de feminicidio y la Sanción Penal en los juzgados de Investigación Preparatoria en la Provincia de Maynas 2015. La técnica que se empleó en la recolección de los datos fue la encuesta y el instrumento fue el cuestionario. La población la conformo 200 y la muestra la conformo el 5% de la población es decir 100. El diseño que se empleo fue el no experimental de tipo correlaciònal transversal. Para el análisis estadístico se usó la estadística descriptiva para el estudio de las variables en forma independiente y para demostración de las hipótesis se usó la estadística inferencial no paramétrica chi cuadrado (x2). Los resultados indicaron que si existe relación entre el delito de feminicidio y la sanción penal en los Juzgados de Investigación Preparatoria de la Provincia de Maynas en el año 2015.Item Factores de incremento de violencia contra la mujer según datos de la Comisaría de Familia de Iquitos – 2017(Universidad Científica del Perú, 2019-04-12) Ortiz Guerrero, Raquel; Solsol Céspedes, Erick EdwinEl objetivo de la presente tesis es determinar los factores de incremento de violencia contra la mujer según datos de la Comisaría de Familia de Iquitos en el año 2017. El estudio tuvo un enfoque cuantitativo y aplicado, de tipo socio jurídico descriptivo, el diseño fue no experimental transversal, descriptivo simple, porque se describió la variable independiente tal como ocurrieron los hechos. La población y muestra estuvo representada por 120 expedientes de denuncia policial de la Comisaría de Familia de Iquitos. La técnica que se empleó fue análisis documental y el instrumento la ficha de registro. De acuerdo a la investigación realizada se concluye aceptando la hipótesis, porque más de la mitad, es decir el SI 65% de los casos revisados afirma que los factores individuales, sociales, culturales y jurídicos influyen en el incremento de la violencia contra la mujer, pero también existe un preocupante 35% que no los consideran causas de incremento. Esto es preocupante, porque precisamente en estas cifras están las mujeres que todavía no toman conciencia del daño que produce en la mujer y en los hijos la violencia, porque muchas de ellas son mujeres dependientes económicamente del marido y tienen hijos de por medio.Item Conocimiento y actitudes hacia el Derecho Constitucional al agua en estudiantes de Derecho. Universidad Científica del Perú. Iquitos, 2018(Universidad Científica del Perú, 2019-07-16) Mondragón Silva, Gerardo Enrique; Moya Aguilar, Felipe Alejandro; Saavedra Pérez, TeddyEl objetivo fue determinar la relación entre el conocimiento y las actitudes hacia el derecho constitucional al agua en estudiantes de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Científica del Perú. Iquitos – 2018. El método fue cuantitativo, el diseño No Experimental descriptivo y correlacional. La población 210 estudiantes del cuarto al sexto año, y la muestra fueron 136 estudiantes. El tipo de muestreo fue el probabilístico aleatorio estratificado. Las técnicas fueron la encuesta, entrevista, análisis documental, fichaje de información doctrinaria y el análisis micro comparativo de sistemas jurídicos: de Latino América y Europa. Se utilizaron guía de preguntas, cuestionario, tablas y gráficos, libros y páginas virtuales. Se aplicó el Chi Cuadrado con un α= 0.05. Se encontró que en el conocimiento sobre el agua como derecho constitucional, del 100% (136) estudiantes, 72.8% (99) tienen conocimientos incorrectos mayormente en el IV y V Nivel. En actitudes sobre el agua como derecho constitucional de estudiantes del IV al VI nivel se encontró del 100% (136) estudiantes, que en el IV Nivel predomino con 21.3% (29) actitudes deficientes, en el V nivel predomino 19.9% (27) actitudes deficientes, mientras que el VI Nivel predomino con 11.8% (16) con actitudes buenas. Por lo que se concluye que se acepta la hipótesis de investigación: Existe relación estadística significativa entre el conocimiento y las actitudes hacia el derecho constitucional al agua en estudiantes de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Científica del Perú. Iquitos – 2018.Item Factores del delito informático de grooming en estudiantes de 5° de secundaria del Colegio Nacional de Iquitos - Loreto 2019(Universidad Científica del Perú, 2020-03-02) Cabrera Mendoza, Rommy; Herrera Noel, Francisco Aníbal; Abarca León, Santiago RosendoEl objetivo de la presente investigación fue determinar la frecuencia con que se dan los factores del delito informático de Grooming en los estudiantes de 5° de secundaria del Colegio Nacional de Iquitos – Loreto, 2019. La presente investigación es de tipo Descriptiva porque se describió la situación en que se encontró la variable de estudio. El diseño correspondió a una investigación No Experimental de tipo descriptivo transversal. La población estuvo compuesta por alumnos del 5° de secundaria del Colegio Nacional de Iquitos. La muestra estuvo conformada por la sección de 5° grado “B” que cuenta con 25 alumnos. La técnica que se empleó en la recolección de datos fue la encuesta y el instrumento fue el cuestionario. Los resultados en el Factor Cultural indican que el 62.67% de estudiantes consideran que siempre se da el factor cultural en el delito informático de Grooming, el 62.67% de estudiantes consideran que a veces se da el factor social en el delito informático de Grooming, el 69.33% de estudiantes consideran que siempre se da el factor jurídico en el delito informático de Grooming y el 47.55% de estudiantes consideran que siempre se dan los factores del delito informático de Grooming en los estudiantes de 5° de Secundaria del Colegio Nacional de Iquitos – 2019.Item Innovaciones en la tipificación de delitos con la ratificación del convenio contra el cibercrimen, en el Perú el año 2019(Universidad Científica del Perú, 2020-03-06) Gallardo Granda, Adria Solange; Villareal Balbin, VladymirObjetivo: Determinar las modificaciones en la tipificación de delitos que incorpora el Convenio contra el cibercrimen de Budapest en Perú el año 2019. El tipo de estudio fue Básica Descriptiva; el Diseño No experimental, descriptivo, correlacional, transversal. Método: La población es finita, al estar compuesta por el estudio de la tipificación de delitos por medios informáticos en tres documentos legales que son el Convenio contra el Cibercrimen de Budapest, la Ley de Delitos Informáticos y el Código Penal. La muestra corresponde al 100% de la población, centrando el estudio en los aspectos pertinentes de los tres dispositivos legales antes enunciados. Resultados: Se ha podido determinar que el Convenio contra el cibercrimen de Budapest, ratificado por el Perú el año 2019, existe un 57.14% de coincidencia, haciendo necesario modificar su tipificación del Art 4° de la Ley de Delitos Informáticos, pues la misma no incluye la totalidad de elementos objetivos que propone la Convención y respecto al delito de Falsificación Informática, hallamos un 0% de coincidencia, haciendo necesario implementar su regulación debido a que no se encuentra tipificado ni en el Código Penal ni en la Ley de Delitos Informáticos. Conclusión: Finalmente se ha podido verificar que es necesario la modificación del Art 4° “Atentado contra la integridad de sistemas informáticos” y la incorporación del delito informático de Falsificación Informática en el Capítulo referido a delitos contra la fe pública en la Ley N°30096 Ley de Delitos Informáticos.Item La diferencia de edad del adoptante no debe restringir el derecho del menor a ser adoptado Iquitos 2019(Universidad Científica del Perú, 2020-10-21) Reategui Rado, Jenipher Wieslawa; Trigoso Rodriguez, Alondra Gessabel; López Macedo, Thamer¿De qué manera la diferencia de edad del adoptante, limita el derecho del menor a adoptar, para que pueda tener una familia Iquitos 2019? Y el objetivo fue: Determinar de qué manera la diferencia de edad del adoptante, limita el derecho del menor a adoptar, para que pueda tener una familia Iquitos 2019. La técnica que se empleó en la redacción de los datos fue la entrevista, la encuesta y el instrumento fue el cuestionario. La población la conformo los 03 juzgados de familia de Maynas y la muestra la conformo 132 profesionales entre jueces, fiscales y abogados. El diseño que se empleo fue el no experimental de tipo correlacional transversal. Para el análisis estadístico se usó la estadística descriptiva para el estudio de las variables en forma independiente y para demostración de las hipótesis se usó la estadística inferencial no paramétrica chi cuadrado (x2). Los resultados indicaron que la diferencia de edad adoptante exigida como requisito del numeral 2 del artículo 378 del Código Civil vulnera el derecho del menor niño adolescente a tener una familia Iquitos 2019.Item Influencia en el robo por menores infractores en el distrito de Iquitos 2017(Universidad Científica del Perú, 2020-10-29) Cohelo Prada, Juan; Alvarado Gutiérrez, Edgar DavidEl objeto de la presente tesis está en determinar e identificar los problemas laborales, familiares, sociales y educativos que influyen en el robo por menores infractores en el Distrito de Iquitos- 2017. Su estudio: el estudio tuvo un enfoque cuantitativo y aplicado, de tipo socio jurídico descriptivo, cuyo diseño es no experimental, transversal y descriptivo correlacional, porque se describirá como ocurrieron los hechos en las variables. La población y muestra estuvo representada por 50 denuncias por robo en menores infractores, realizadas en la Comisaría de Morona del Distrito de Iquitos; la técnica que se empleó es sobre el análisis documental y el Instrumento de ficha de registro. De acuerdo a la investigación realizada se concluye aceptando la hipótesis, porque más de la mitad, es decir el 70% de las denuncias por robo, realizados por menores infractores son por factores laborales, familiares, sociales y educativos; pero también existe un 30% que no lo consideran. El porcentaje determinado es muy elevado y preocupante, ya que, de no existir una política de prevención y protección del Estado, frente a la delincuencia juvenil, estaremos hablando de un incremento mayor de robos y otros delitos, en perjuicio de la población, que es la más vulnerable.Item Criterios de la sala penal de apelaciones de la corte superior de justicia de loreto en las resoluciones de prisión preventiva en el año 2018(Universidad Científica del Perú, 2020-12-03) Saavedra Gonzales, Richard Martín; Castillo Guerra, Ivon Stella; Valdez Hirene, Marco AntonioLa presente investigación que ponemos a consideración de los jurados tuvo como objetivo demostrar que los criterios que presenta la sala penal de apelaciones de la CSJL en las resoluciones de prisión preventiva en el año 2018, difieren en cada resolución. La investigación es de tipo jurídico propositivo porque se fundamenta en una necesidad o vacío dentro de esta institución jurídica, evaluando las fallas de los sistemas o normas, a fin de proponer o aportar posibles soluciones. El diseño de investigación es: no experimental, descriptivo y transversal porque se realizará la observación a la variable y se detalla la situación acerca del estado actual del problema y se recogerá la información en el mismo lugar y en un momento determinado. La población estuvo formada por las resoluciones emitidas por la Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Loreto año 2018 y en la muestra se trabajó con un total de 50 resoluciones. La técnica que se utilizó en la recolección de datos fue el análisis documental, porque nos permitió recoger los datos con mayor exactitud y el instrumento que se utilizó fue la ficha de registro. La hipótesis plateada fue que sala de apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Loreto año 2018 utiliza criterios en las resoluciones de prisión preventiva, la misma que se confirmó en los resultados donde se concluye que los presupuestos de la prisión preventiva en las resoluciones emitidas, son valorados con criterios que difieren entre ellos, encontrándose en un rango de (49% - 00%)Item La indebida incorporación oficiosa de terceros al proceso civil vulnera el debido proceso- corte superior de justicia de loreto 2019(Universidad Científica del Perú, 2021-01-20) Idrogo Herrera, Darwuen Miguel; Menéndez Vega, Américo Adrián; Mercado Arbieto, Aristo WilbertLa presente investigación tiene como objetivo explicar cuáles son los terceros que al incorporarse oficiosamente al proceso civil vulneran el debido proceso en la Corte Superior de Justicia de Loreto 2019. El tipo de investigación es no experimental de tipo correlacional transversal mediante dos variables, una dependiente y otra dependiente. La población está conformada por 83 Abogados Litigantes con casos concurrentes en el Primer y Segundo Juzgado Civil de Maynas y la muestra fue 68 Abogados Litigantes con casos concurrentes en el Primer y Segundo Juzgado Civil de Maynas de la Corte Superior de Justicia de Loreto. La técnica empleada en la recolección de los datos se realizó a través de las entrevistas, las encuestas y el instrumento utilizado fue le cuestionario. En cuanto al análisis estadístico se usó la estadística descriptiva para el estudio de las variables en forma independiente y para demostración de hipótesis se usó la estadística inferencial no paramétrica chi cuadrado (x2), cuya presentación se hizo mediante tablas y gráficos estadísticos. Los resultados revelaron que los terceros que al incorporarse oficiosamente al proceso civil vulnera el debido proceso en la Corte Superior de Justicia de Loreto 2019 son el litisconsorte facultativo y el tercero coadyuvante.Item Motivación del peligro procesal en las resoluciones de prisión preventiva emitidas por los juzgados de investigación preparatoria de maynas, año 2019(Universidad Científica del Perú, 2021-04-16) Claussi Jiménez, Erika; Lisboa Gómez, Joysaac; Millones Ángeles, Cesar AgustoEl estudio pertenece al tipo no experimental, porque no se realizó manipulación de las variables. La población estuvo conformada por tres resoluciones del Juzgado de Investigación Preparatoria de Maynas. Para el análisis e interpretación de la información se empleó el tipo dogmático teórico, ya que se empleó los principios doctrinales del derecho como medio principal para interpretar estas resoluciones. Nuestro diseño de la investigación es jurídico descriptiva; ya que se trata netamente de cuestiones jurídicas-teóricas-legales y que en base al análisis respectivo de estas resoluciones se describieron cada punto controvertido.