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    Acreedor alimentario en el procedimiento de liquidación de pensiones devengadas, juzgado de paz letrado de Punchana, distrito judicial de Loreto, 2022
    (Universidad Científica del Perú, 2025-08-15) Arévalo Mendoza, Luis Martín; Salas Zumaeta, Erin Kjatlin; Cruz Coaquira, Jorge
    En esta investigación de tesis titulada “Acreedor alimentario en el procedimiento de liquidación de pensiones devengadas, Juzgado de Paz Letrado de Punchana, Distrito Judicial de Loreto, 2022” desarrolla temas relacionados en materia de alimentos y en especial al procedimiento de liquidación de pensiones devengadas regulado en el artículo 568° del Código Procesal Civil, siendo así necesario entender el procedimiento y de acuerdo con la información brindada por la Corte Superior de Justicia de Loreto se pudo determinar que existe falencias en el procedimiento, por causa de falta de personal originando un incremento de la carga procesal, siendo así una demora de más de un año; con la información adquirida podemos plantear mecanismos de solución de reducción de actos procesales, teniendo en cuenta que al terminar el procedimiento de liquidación de pensiones devengadas en su gran mayoría será enviado al Ministerio Público por delito de omisión a la asistencia familiar, esto causa un gran perjuicio al acreedor alimentario.
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    Modificación del artículo 316, numeral 2 del código civil para la exclusión de la obligación alimentaria de uno de los cónyuges por hijos extramatrimoniales, Iquitos, 2023
    (Universidad Científica del Perú, 2025-02-21) Florindez Marín, Wuaslher Marcelo; López Torres, Alvaro Humberto; Suarez Egoavil, Elda Milagros
    La presente investigación analiza el numeral 2 del Artículo 316° del Código Civil, que establece la obligación alimentaria de ambos cónyuges a los hijos extramatrimoniales de uno de ellos. Sin embargo, se considera que esta responsabilidad debería ser solo del progenitor biológico. El problema general es: ¿La falta de claridad en el numeral 2 del artículo 316 del Código Civil, afecta la determinación de responsabilidades específicas dentro de la sociedad conyugal en casos de obligaciones alimenticias en hijos extramatrimoniales? estableciéndose el objetivo general: Analizar si la falta de claridad en el numeral 2 del artículo 316 del Código Civil, afecta la determinación de responsabilidades específicas dentro de la sociedad conyugal en casos de obligaciones alimenticias en hijos extramatrimoniales. La investigación utilizó un estudio cuantitativo, descriptivo y no experimental, con una muestra de 68 abogados litigantes del Colegio de Abogados de Loreto. Los resultados mostraron que la ausencia de claridad en la redacción del numeral 2 del artículo 316 del Código Civil perjudica la determinación de responsabilidades específicas dentro de la sociedad conyugal. Se plantea modificar el numeral 2 del artículo 316 del Código Civil para brindar una solución.
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    Control de la ejecución de sentencias de alimentos y protección del interés superior del niño en maynas, loreto-2023
    (Universidad Científica del Perú, 2024-10-07) Bardales Valles, Dante; Pacaya Escobar, Jean Carlos; Scipion Salazar, Victor Eduardo
    Esta investigación se inició a partir del problema ¿De qué manera la ausencia de un mecanismo de control y seguimiento en la ejecución de las sentencias de alimentos de menores de edad, respecto al uso adecuado de la pensión alimenticia por parte del representante del menor demandante, afecta los principios del interés superior del niño y el derecho fundamental a recibir alimentos en Maynas, Loreto-2023? Y el objetivo fue: De qué manera la ausencia de un mecanismo de control y seguimiento en la ejecución de las sentencias de alimentos de menores de edad, respecto al uso adecuado de la pensión alimenticia por parte del representante del menor demandante, afecta los principios del interés superior del niño y el derecho fundamental a recibir alimentos en Maynas, Loreto-2023. Se aplicaron técnicas como la encuesta e instrumentos como el cuestionario. La población materia de análisis estuvo conformada por Abogados de la Provincia de Maynas del Departamento de Loreto, especializados en Derecho Civil y Familia, Magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Público, especializados en Derecho Civil y Familia de la Provincia de Maynas Departamento de Loreto Ciudadanos en la Provincia de Maynas, Departamento de Loreto. La muestra incluyó 15 Abogados de la Provincia de Maynas del Departamento de Loreto, especializados en Derecho Constitucional, Penal y Familia 15 Magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Público, especializados en Derecho Constitucional, Penal y Familia de la Provincia de Maynas Departamento de Loreto 30 Ciudadanos en la Provincia de Maynas, Departamento de Loreto. Se utilizó un diseño correlacional no experimental. El método de investigación fue Científico - Descriptivo - Explicativo. Los resultados indicaron que: La ausencia de un mecanismo de control y seguimiento en la ejecución de las sentencias de alimentos de menores de edad, respecto al uso adecuado de la pensión alimenticia por parte del representante del menor demandante, colisiona con los principios del interés superior del niño y el derecho fundamental a recibir alimentos, al no garantizar que los recursos asignados sean utilizados efectivamente para satisfacer las necesidades del menor, generando desprotección y afectando su desarrollo integral en Maynas, Loreto- 2023
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    Casos de omisión a la asistencia familiar en la dirección distrital de la defensa pública de Loreto – sede Iquitos en el año 2019
    (Universidad Científica del Perú, 2023-05-17) Perez Reategui, Gino Andre; Baneo Guerrero, Ruby Celeste Yolita; Cruz Coaquira, Jorge
    En el presente trabajo de tesis denominado “casos de omisión a la asistencia familiar en la Dirección Distrital de la Defensa Pública de Loreto – sede Iquitos en el año 2019”, desarrolla la suspensión de la ejecución de la pena, y de otro lado, lo regulado en el artículo 446 del Código Procesal penal, en relación a los supuestos del proceso inmediato, la cual permite incorporar al delito de omisión a la asistencia familiar con la finalidad de garantizar una conclusión de manera más rápida y oportuna teniendo en cuenta que los alimentos son de suma urgencia entendiendo ello como un concepto amplio que abarca más allá de lo comestible que favorecerá al libre desarrollo y que ayudara que en un futuro al alimentista a ser independiente.
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    La modificación del artículo 565-a del código procesal por vulneración a la tutela jurisdiccional efectiva, Loreto, 2022
    (Universidad Científica del Perú, 2023-02-13) Noriega Olórtegui, Jannina Pia; Ruiz Gomez, Karla Alexandra; Rioja Bermudez, Alexander
    La presente investigación partió del problema ¿El artículo 565-A del Código Procesal Civil sobre exoneración de alimentos y otras modalidades vulnera el derecho a la tutela jurisdiccional efectiva, al considerarse un artículo que obliga y/o condiciona al demandante a presentar la constancia de no adeudo? Y el objetivo fue: Determinar si el artículo 565-A del Código Procesal Civil sobre exoneración de alimentos y otras modalidades vulnera el derecho a la tutela jurisdiccional efectiva, al considerarse un artículo que obliga y/o condiciona al demandante a presentar la constancia de no adeudo. La técnica que se empleó fue la encuesta y el instrumento fue el cuestionario. La población estuvo conformada por 50 abogados litigantes de la Provincia de Maynas, la muestra estuvo conformada por 44 abogados litigantes. El tipo de investigación será cuantitativo con el diseño No experimental de tipo transaccional correlacional”. Para el análisis estadístico se usó la estadística descriptiva, para el estudio de las variables de manera independiente y para demostración de las hipótesis se usó la prueba paramétrica chi cuadrado (x2). Los resultados indicaron que: Se concluye que el requisito de admisibilidad de la demanda de reducción, variación, prorrateo o exoneración de alimentos de estar al día en el pago de la pensión alimenticia vulnera el derecho constitucional a la tutela jurisdiccional efectiva y al debido proceso, pues restringe el derecho del obligado alimentista a interponer una demanda, por lo que correspondería modificar el presente artículo para así no se siga vulnerando el derecho a la tutela jurisdiccional efectiva.
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    La modificación del artículo 474° del código civil referente a la obligación reciproca de alimentos
    (Universidad Científica del Perú, 2023-01-24) Espinoza Mori, Jesus Antonio; Arévalo Flores, Tilda Diana; Rioja Bermúdez, Alexander
    La presente investigación partió del problema ¿El artículo 474 del Código Civil referente a la obligación reciproca de alimentos en cuanto al inciso 2? “los descendientes y ascendientes” satisface la finalidad de la reciprocidad? Y el objetivo fue: Determinar si el artículo 474 del Código Civil referente a la obligación reciproca de alimentos en cuanto al inciso 2. “los descendientes y ascendientes” satisface la finalidad de la reciprocidad. La técnica que se empleó fue la encuesta y el instrumento fue el cuestionario. La población estuvo conformada por 100 abogados litigantes de la Provincia de Maynas, la muestra estuvo conformada por 80 abogados litigantes. El diseño que se empleó en la presente investigación es la “No experimental de tipo transaccional correlacional”. Para el análisis estadístico se usó la estadística descriptiva, para el estudio de las variables de manera independiente y para demostración de las hipótesis se usó la prueba paramétrica chi cuadrado (x2). Los resultados indicaron que: El artículo 474 del Código Civil referente a la obligación reciproca de alimentos en cuanto al inciso 2. “los descendientes y ascendientes” no satisface la finalidad de la reciprocidad, toda vez que el articulo resulta de contenido amplio y se debe delimitar en este inciso que los padres hayan cumplido con prestar alimentos a sus hijos, para que posteriormente este pueda solicitar alimentos a sus hijos ya mayores, cumpliéndose así la finalidad de la reciprocidad. Habiendo determinado lo anterior, podemos indicar entonces que resultaría factible modificar e incorporar un párrafo al artículo 474 del Código Civil en el extremo de precisar y especificar la obligación reciproca de alimentos.
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    Vulneración de los principios de inmediación y concentración por la no realización de una audiencia única en los procesos de filiacion y alimentos, Loreto, 2021
    (Universidad Científica del Perú, 2023-01-16) Gomez Labinto, Celeste; Pérez Macca, Sharon Patricia; Rioja Bermudez, Alexander
    La presente investigación partió del problema ¿Constituye una vulneración a los principios de inmediación y concentración en los procesos de filiación y alimentos, la no realización de una audiencia única? Y el objetivo fue: Determinar si constituye una vulneración a los principios de inmediación y concentración en los procesos de filiación y alimentos, la no realización de una audiencia única. La técnica que se empleó fue la encuesta y el instrumento fue el cuestionario. La población estuvo conformada por 70 abogados litigantes de la Provincia de Maynas, la muestra estuvo conformada por 59 abogados litigantes. El diseño que se empleó en la presente investigación es la “No experimental de tipo transaccional correlacional”. Para el análisis estadístico se usó la estadística descriptiva, para el estudio de las variables de manera independiente y para demostración de las hipótesis se usó la prueba paramétrica chi cuadrado (x2). Los resultados indicaron que: Sí constituye una vulneración a los principios de inmediación y concentración en los procesos de filiación y alimentos, la no realización de una audiencia única, regulados en el artículo V del título preliminar del código procesal civil. Habiendo determinado lo anterior, podemos indicar entonces que resultaría factible modificar el tercer párrafo del artículo 1 de la Ley 28457 y su modificación en la Ley 30628 en el extremo de incorporar que la audiencia única proceda en los procesos de filiación y también en los casos de procesos acumulados como filiación y alimentos, en observancia del artículo 554 del Código Procesal Civil, Loreto, 2021.
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    El interés superior del niño frente al incumplimiento de la obligación alimentaria
    (Universidad Científica del Perú, 2017-05-16) Quispe Silva, José Luis; Ortega Toledo, Blanca
    La presente tesis denominada “EL INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO FRENTE AL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA”, trata principalmente acerca de la importancia de esta institución familiar – Alimentos – desde su concepción como derecho fundamental y su afectación interna y externa frente al incumplimiento de la obligación por parte de las personas encargadas de cubrir ésta necesidad básica y fundamental. El derecho de recibir y de prestar alimentos ha ido desarrollándose progresivamente en el tiempo, tanto desde la visión del derecho como desde el ámbito social, teniendo como puerto la constitucionalización del mismo, es decir como un derecho inherente al ser humano para quien está dirigido, y como una obligación para quien debe prestarlo, por lo tanto, éste derecho es anterior y superior a cualquier legislación. Mediante la satisfacción de este derecho se va a salvaguardar la integridad física, psicológica y biológica del ser humano, principalmente en su etapa básica e inicial, es decir que su ámbito de protección se da desde el momento de la concepción. El derecho a los alimentos tendría que ser un derecho fundamental de atención inmediata, ya que encuentra su vínculo en el derecho a la vida y dignidad, por cuanto no solamente protege la subsistencia del ser humano, sino también otros aspectos mayores que contribuyen al íntegro desarrollo del mismo, es por ello que la protección de este derecho también se halla protegida por Tratados internacionales, vale decir, La Convención sobre los derechos del niño, a fin de que los procesos de alimentos no terminen siendo engorrosos y burocráticos, sin embargo; el obligado por las mañas que utiliza en muchos casos genera dilaciones innecesarias en el desarrollo del proceso, o presenta información incompleta en cuanto a los ingresos económicos que éste percibe, o cuanto más cuando por el simple capricho de no querer cumplir con su obligación, muchas veces busca la manera de cumplir con la obligación de manera ínfima, teniendo inclusive sentencias donde el monto asignado mensual asciende a la suma de cincuenta soles, lo que obviamente afecta el derecho fundamental a la alimentación. Sin embargo, es importante hacer hincapié también en que el interés superior del niño no implica una apreciación arbitraria por parte del juzgador, por cuanto todas las resoluciones judiciales tienen que ajustarse al principio de motivación, la que garantiza la protección constitucional que el Estado ha previsto para el niño y el adolescente y también para que no se afecte la propia subsistencia del obligado. Así, el Código Civil regula en la sección cuarta la institución jurídica de los alimentos, donde la obligación alimentaria es tratada como una de carácter personal con contenido patrimonial y sustentada en el principio de solidaridad, dejando a salvo y especial cuidado al momento de determinar el estado de necesidad del acreedor alimentario y las posibilidades de quien debe prestar los alimentos.